Convenio de Coordinación en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, que celebran la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, y el Estado de Sinaloa.

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EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE FEDERALISMO, DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO MUNICIPAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL PARA EL FEDERALISMO Y EL DESARROLLO MUNICIPAL, REPRESENTADO POR EL COORDINADOR, EL C. RAFAEL JOSÉ CORTÉS GÓMEZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INAFED"; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA, REPRESENTADO POR EL C. QUIRINO ORDAZ COPPEL, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL C. GONZALO GÓMEZ FLORES, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. RICARDO MADRID PÉREZ, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, Y EL C. FRANCISCO ANTONIO CASTAÑEDA VERDUZCO, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO SINALOENSE DE DESARROLLO SOCIAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO"; Y A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 40 que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; unidos en una Federación establecida según los principios de la Ley fundamental.

En términos del artículo 33 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, la coordinación que se requiera a efecto de que éstos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por dichas instancias se planeen de manera conjunta, para lo cual se podrá considerar la participación que corresponda a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

El artículo 27, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que a la Secretaría de Gobernación le corresponde diseñar e instrumentar programas anuales, previo diagnóstico a los ayuntamientos, para la asesoría, capacitación y formación de sus integrantes, así como de los funcionarios municipales, con el fin de contribuir a su profesionalización y al desarrollo institucional de los municipios.

A "EL INAFED" le corresponde, entre otras atribuciones, promover la realización de acciones para el fortalecimiento del federalismo entre las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como para el desarrollo y la colaboración regional, estatal, municipal y metropolitana que prevean una mayor participación de la comunidad, de las asociaciones de municipios, así como de las distintas organizaciones sociales y privadas en la materia, en términos del artículo 118, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2019 (RISEGOB).

En las acciones derivadas del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se apegarán según corresponda, a las disposiciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo vigente al momento de realización. Del mismo modo, "EL INAFED" se apegará al Programa Sectorial de Gobernación vigente, durante la ejecución de tales acciones.

El Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 plasma que la política social del Gobierno del Estado de Sinaloa tiene como objetivo central el bienestar individual y colectivo, que haga efectivo el ejercicio y disfrute de los derechos sociales consagrados en la Constitución con el acceso a la alimentación, educación de calidad, salud, trabajo, seguridad social, servicios básicos, vivienda digna y la no discriminación, todo ello alineado con los Objetivos de Desarrollo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, principalmente los correspondientes a Fin de la Pobreza, Hambre Cero y Reducción de las Desigualdades. En este marco, las políticas públicas que entre todos emprenderemos se orientarán principalmente a combatir la pobreza, la exclusión social, sumando esfuerzos y recursos entre todos los actores público, privado y social, para ampliar el margen de acción y coadyuvar a mejorar las condiciones de bienestar de la población, en especial de los grupos vulnerables.

Entre las atribuciones que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa, a través de su Reglamento Orgánico otorga a la Secretaría de Desarrollo Social, están la de diseñar, conducir, evaluar y dar seguimiento a la política de desarrollo social en el Estado de Sinaloa, con la participación que corresponda a otras dependencias, entidades y organismos estatales, municipales y federales.

Que en este marco, el Instituto Sinaloense de Desarrollo Social, cuyas principales tareas y funciones se insertan en la instrumentación de diversos proyectos de capacitación y formación, procura incidir en la mejoría de las condiciones de vida y desarrollo de las capacidades de los actores sociales, sus comunidades y sus

municipios.

Con la finalidad de fortalecer las capacidades institucionales, "LAS PARTES" manifiestan su interés en celebrar el presente convenio al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES

  1. "EL INAFED" declara por conducto de su representante que:

    I.1. La Secretaría de Gobernación es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1o.. y 2o.., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública...

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