Convenio de Colaboración para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2024, que celebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Michoacán de Ocampo.

Fecha de publicación26 Diciembre 2024
EmisorSERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR)
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
CONVENIOde Colaboración para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2024, quecelebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de MichoacándeOcampo.Al margen un logotipo, que dice: Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR.
IB-CC-S200-FAM-2024-MICH-16
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICAPARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, SERVICIOS DE SALUDDEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "IMSS-BIENESTAR", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERÓN ALIPI, ASISTIDO POREL DR. VÍCTOR HUGO BORJA ABURTO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A LA SALUD; EL LIC. AUNARD AGUSTÍN DE LAROCHA WAITE, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; EL MTRO. JORGE ALEJANDRO CRUZ ORTIZ,TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, Y POR LA MTRA. ANA LAURA RIVERA SILVA, TITULAR DE LACOORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POREL L.A.E. LUIS NAVARRO GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, Y POR EL DR.LÁZARO CORTÉS RANGEL, EN SU CARÁCTER DE ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SECRETARIA DE SALUD Y DE LADIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE MICHOACÁN DE OCAMPO, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERACONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULASSIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho humano de todapersona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá (i) las bases y modalidades para el acceso a los servicios desalud, así como (ii) un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativade los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
II.El artículo 7o, fracción II de la Ley General de Salud, establece que corresponde a la Secretaríade Salud, en su carácter decoordinadora del Sistema Nacional de Salud, coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidades dela Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen,en el entendido de que tratándose de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociadosque requieran las personas sin seguridad social, a que se refiere el Título Tercero Bis del referido ordenamiento, colaborará con"IMSS-BIENESTAR".
III.El 29 de diciembre de 2023, se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se emiten las Reglas deOperación del Programa S200, Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2024, en adelante "EL PROGRAMA"el cual se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca elsiguiente objetivo prioritario:
·Salud para toda la población.
IV."EL PROGRAMA" interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en el Programa Sectorial de Salud2020-2024. Por ello, se alinea con sus Objetivos prioritarios, estrategias y acciones puntuales que a continuación se mencionan:
Objetivo prioritario 1.- Garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y, elacceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y suministro de medicamentos incluidos en elCompendio Nacional de Insumos parala Salud.
Estrategia prioritaria 1.3 Brindar a la población sin seguridad social, especialmente a quienes habitan en regiones con alta o muyalta marginación, acciones integrales de salud que ayuden a prolongar su vida con calidad, evitar la ocurrencia de enfermedadeso en su caso, detectarlas tempranamentea través de la participación de todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, enlasacciones puntuales.
Acción 1.3.3 Acercar los servicios de salud a la población, a través de Jornadas de Salud Pública y esquemas itinerantes parabrindar acciones integrales de salud, especialmente en zonas con mayores dificultades de acceso a las instituciones del SistemaNacional de Salud.
Estrategia prioritaria 1.5 Fomentar la participación de comunidades en la implementación de programas y acciones, bajo unenfoque de salud comunitaria para salvaguardar los derechosde niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores,mujeres, comunidad LGBTTTI, personas con discapacidad, comunidades indígenas y afromexicanas, en las acciones puntuales.
Acción 1.5.5 Implementar Caravanas de la Salud y brigadas de atención ambulatoria para brindar servicios a población afectadapor contingencias emergentes, que viven en localidades alejadas de las ciudades o que transitan en condición migrante.
V.El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024, en su Anexo 25 establece que "EL PROGRAMA"estará sujeto a Reglas de Operación.
VI.Con "EL PROGRAMA" se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, elcual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias derecursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud enaquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta deinfraestructura física.
VII."EL PROGRAMA" tiene como misión ser un programa que coadyuve en las Entidades Federativas con la aportación de recursospresupuestarios federales y recursos humanos destinados a la prestación de servicios de salud en el primer nivel de atención,actuando como primer punto de contacto entre la población atendida y la RISS, con especial énfasis de aquella que habita enlocalidades cuyas características de ubicación geográfica, situación sociodemográfica, condición de derechohabiencia ycaracterísticas socioculturales, les impide el acceso a los servicios de salud, áreas donde no hay la infraestructura, carentes derecursos para otorgar atención permanente y con una población menos de 2,500 personas. Esto mediante la implementación deUnidades Médicas Móviles y Brigadas de Salud que permitan superar estas barreras y garantizar la atención sanitaria a todos loshabitantes.
DECLARACIONES
I.DE "IMSS-BIENESTAR":
I.1Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídicay patrimonio propio en términosde los artículos 1o, párrafo tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35,párrafo primero de la Ley General de Salud, cuyo objeto es brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridadsocial atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios deuniversalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminaciónalguna.
I.2ElDr. Alejandro Antonio Calderón Alipi, Director General de "IMSS-BIENESTAR", tiene la facultad y legitimación para suscribir elpresente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 15, fracciones I, IV y XVIII, del Decreto por el que se crea elOrganismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar(IMSS-BIENESTAR) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2022; 22, fracciones I y II y 59, fracción I...

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