Convenio de Colaboración para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2024, que celebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Yucatán.

Fecha de publicación04 Diciembre 2024
EmisorSERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR)
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
CONVENIOde Colaboración para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2024, quecelebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Yucatán.Al margen un logotipo, que dice: Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR.
IB-CC-S200-FAM-2024-YUC-31
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICAPARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, SERVICIOS DE SALUDDEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "IMSS-BIENESTAR", REPRESENTADO POR EL DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERON ALIPI, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORGENERAL, ASISTIDO POR EL DR. VÍCTOR HUGO BORJA ABURTO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A LA SALUD; EL LIC.AUNARD AGUSTÍN DE LA ROCHA WAITE, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; EL MTRO. JORGEALEJANDRO CRUZ ORTIZ, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, Y POR LA MTRA. ANA LAURA RIVERASILVA, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO,Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATÁN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADOPOR EL ING. ROBERTO EDUARDO SUÁREZ COLDWELL, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, Y POR EL DR.MAURICIO SAURI VIVAS, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE YUCATÁN, AQUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOSANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho humano de todapersona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá (i) las bases y modalidades para el acceso a los servicios desalud.
II.El artículo 7o, fracción II de la Ley General de Salud, establece que corresponde a la Secretaría de Salud, en su carácter decoordinadora del Sistema Nacional de Salud, coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidades dela Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen,en el entendido de que tratándose de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociadosque requieran las personas sin seguridad social, a que se refiere el Título Tercero Bis del referido ordenamiento, colaborará conel "IMSS-BIENESTAR".
III.El 29 de diciembre de 2023, se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo por el que se emiten las Reglas deOperación del Programa S200, Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2024, "EL PROGRAMA", el cual sealinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12 de julio de 2019 el que en elapartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:
-Salud para toda la población.
IV."EL PROGRAMA" interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en el Programa Sectorial de Salud2020-2024. Por ello, se alinea con sus Objetivos prioritarios, estrategias y acciones puntuales que a continuación se mencionan:
Objetivo prioritario 1.- Garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y, elacceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y suministro de medicamentos incluidos en elCompendio Nacional de Insumos para la Salud.
Estrategia prioritaria 1.3 Brindar a la población sin seguridad social, especialmente a quienes habitan en regiones con alta o muyalta marginación, acciones integrales de salud que ayuden a prolongar su vida con calidad, evitar la ocurrencia de enfermedadeso en su caso, detectarlas tempranamente a través de la participación de todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, enlas acciones puntuales.
Acción 1.3.3 Acercar los servicios de salud a la población, a través de Jornadas de Salud Pública y esquemas itinerantes parabrindar acciones integrales de salud, especialmente en zonas con mayores dificultades de acceso a las instituciones del SistemaNacional de Salud.
Estrategia prioritaria 1.5 Fomentar la participación de comunidades en la implementación de programas y acciones, bajo unenfoque de salud comunitaria para salvaguardar los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores,mujeres, comunidad LGBTTTI, personas con discapacidad, comunidades indígenas y afromexicanas, en las acciones puntuales.
Acción 1.5.5 Implementar Caravanas de la Salud y brigadas de atención ambulatoria para brindar servicios a población afectadapor contingencias emergentes, que viven en localidades alejadas de las ciudades o que transitan en condición migrante.
V.El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024, en su Anexo 25 establece que "EL PROGRAMA"estará sujeto a Reglas de Operación.
VI.Con "EL PROGRAMA" se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, elcual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias derecursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud enaquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta deinfraestructura física.
VII."EL PROGRAMA" tiene como misión ser un programa que coadyuve en las Entidades Federativas con la aportación de recursospresupuestarios federales y recursos humanos destinados a la prestación de servicios de salud en el primer nivel de atención,actuando como primer punto de contacto entre la población atendida y la RISS, con especial énfasis de aquella que habita enlocalidades cuyas características de ubicación geográfica, situación sociodemográfica, condición de derechohabiencia ycaracterísticas socioculturales, les impide el acceso a los servicios de salud, áreas donde no hay la infraestructura, carentes derecursos para otorgar atención permanente y con una población menos de 2,500 personas. Esto mediante la implementación deUnidades Médicas Móviles y Brigadas de Salud que permitan superar estas barreras y garantizar la atención sanitaria a todos loshabitantes.
DECLARACIONES
I.DE "IMSS-BIENESTAR":
I.1Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio entérminos de los artículos 1o, párrafo tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y77 bis 35, párrafo primero de la Ley General de Salud, cuyo objeto es brindar a las personas sin afiliacióna las institucionesde seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajocriterios de universalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad ysin discriminación alguna.
I.2El Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi, Director General de "IMSS-BIENESTAR", tiene la facultad y legitimación parasuscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 15, fracciones I, IV y XVIII, del Decreto porel que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del SeguroSocial para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2022; 22,fracciones I y II y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales 16 y 17, fracciones VI y VII, del EstatutoOrgánico de Servicios de Salud para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), personalidad que acredita en términos delnombramiento de 28 de julio de 2023,...

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