Convenio de Colaboración para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2024, que celebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Sonora.

Fecha de publicación27 Noviembre 2024
EmisorSERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR)
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
CONVENIOde Colaboración para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2024, quecelebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Sonora.Al margen un logotipo, que dice: Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR.
IB-CC-S200-FAM-2024-SON-26
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICAPARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, SERVICIOS DE SALUDDEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "IMSS-BIENESTAR", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERÓN ALIPI, ASISTIDO POREL DR. VÍCTOR HUGO BORJA ABURTO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A LA SALUD; EL LIC. AUNARD AGUSTÍN DE LAROCHA WAITE, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; EL MTRO. JORGE ALEJANDRO CRUZ ORTIZ,TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, Y POR LA MTRA. ANA LAURA RIVERA SILVA, TITULAR DE LACOORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO, Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE SONORA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL C. ROBERTOCARLOS HERNÁNDEZ CORDERO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE HACIENDA, Y EL DR. JOSÉ LUIS ALOMÍA ZEGARRA,EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD PÚBLICA Y PRESIDENTE EJECUTIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DESONORA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME ALOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho humano detoda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá (i) las bases y modalidades para el acceso a losservicios de salud, así como (ii) un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva,cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten conseguridad social.
II.El artículo 7o, fracción II de la Ley General de Salud, establece que corresponde a la Secretaría de Salud, en su carácter decoordinadora del Sistema Nacional de Salud, coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidadesde la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, sedeterminen, en el entendido de que tratándose de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demásinsumos asociados que requieran las personas sin seguridad social, a que se refiere el Título Tercero Bis del referidoordenamiento, colaborará con "IMSS-BIENESTAR".
III.El 29 de diciembre de 2023, se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se emiten las Reglasde Operación del Programa S200, Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2024, en adelante "ELPROGRAMA" el cual se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de laFederación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, delque se destaca el siguiente objetivo prioritario:
·Salud para toda la población.
IV."EL PROGRAMA" interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en el Programa Sectorial deSalud 2020-2024. Por ello, se alinea con sus Objetivos prioritarios, estrategias y acciones puntuales que a continuación semencionan:
Objetivo prioritario 1.- Garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y, elacceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y suministro de medicamentos incluidos en elCompendio Nacional de Insumos para la Salud.
Estrategia prioritaria 1.3 Brindar a la población sin seguridad social, especialmente a quienes habitan en regiones con alta omuy alta marginación, acciones integrales de salud que ayuden a prolongar su vida con calidad, evitar la ocurrencia deenfermedades o en su caso, detectarlas tempranamente a través de la participación de todas las instituciones del SistemaNacional de Salud, en las acciones puntuales.
Acción 1.3.3 Acercar los servicios de salud a la población, a través de Jornadas de Salud Pública y esquemas itinerantes parabrindar acciones integrales de salud, especialmente en zonas con mayores dificultades de acceso a las instituciones delSistema Nacional de Salud.
Estrategia prioritaria 1.5 Fomentar la participación de comunidades en la implementación de programas y acciones, bajo unenfoque de salud comunitaria para salvaguardar los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultasmayores, mujeres, comunidad LGBTTTI, personas con discapacidad, comunidades indígenas y afromexicanas, en las accionespuntuales.
Acción 1.5.5 Implementar Caravanas de la Salud y brigadas de atención ambulatoria para brindar servicios a poblaciónafectada por contingencias emergentes, que viven en localidades alejadas de las ciudades o que transitan en condiciónmigrante.
V.El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024, en su Anexo 25 establece que "EL PROGRAMA"estará sujeto a Reglas de Operación.
VI.Con "EL PROGRAMA" se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, elcual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias derecursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud enaquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta deinfraestructura física.
VII."EL PROGRAMA" tiene como misión ser un programa que coadyuve en las Entidades Federativas con la aportación derecursos presupuestarios federales y recursos humanos destinados a la prestación de servicios de salud en el primer nivel deatención, actuando como primer punto de contacto entre la población atendida y la RISS, con especial énfasis de aquella quehabita en localidades cuyas características de ubicación geográfica, situación sociodemográfica, condición de derechohabienciay características socioculturales, les impide el acceso a los servicios de salud, áreas donde no hay la infraestructura, carentesde recursos para otorgar atención permanente y con una población menos de 2,500 personas. Esto mediante laimplementación de Unidades Médicas Móviles y Brigadas de Salud que permitan superar estas barreras y garantizar la atenciónsanitaria a todos los habitantes.
DECLARACIONES
I.DE "IMSS-BIENESTAR":
I.1Es un Organismo Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimoniopropio en términos de los artículos 1o, párrafo tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración PúblicaFederal y 77 bis 35, párrafo primero de la Ley General de Salud, cuyo objeto es brindar a las personas sin afiliación a lasinstituciones de seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumosasociados, bajo criterios de universalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo,oportuno, de calidad y sin discriminación alguna.
I.2ElDr. Alejandro Antonio Calderón Alipi, Director General de "IMSS-BIENESTAR", tiene la facultad y legitimación parasuscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 15, fracciones I, IV y XVIII, delDecreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicanodel Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agostode 2022; 22, fracciones I y II y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades...

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