Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2022, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Estado de Morelos.

Fecha de publicación19 Enero 2023
EmisorINSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
CONVENIOde Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter desubsidios para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2022,que celebran el Instituto deSalud para el Bienestar y el Estado de Morelos.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría deSalud.- Instituto de Salud para el Bienestar.
INSABI-FAM-CCTR-MOR-17/2022
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOSFEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTOA LA ATENCIÓN MÉDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN PORUNA PARTE, EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "ELINSABI", POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, ASISTIDO POREL DR. JUAN JOSÉ MAZÓN RAMÍREZ, COORDINADOR DE ATENCIÓN A LA SALUD, POR EL MTRO. CANDELARIOPÉREZ ALVARADO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y REGULARIZACIÓN DEPERSONAL Y POR EL M. EN AUD. VICENTE REYES MAGAÑA, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DELFIDEICOMISO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, AL QUEEN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADA POR LA L.C. Y L. EN D. MÓNICA BOGGIOTOMASAZ MERINO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE HACIENDA, POR EL DR. MARCO ANTONIO CANTÚCUEVAS, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD, EL DR. HÉCTOR BARÓN OLIVARES, DIRECTORGENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE MORELOS, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LESDENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULASSIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o, párrafo cuarto,el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá lasbases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.
II.El artículo 7o, fracción II de la Ley General de Salud, establece que corresponde a la Secretaría deSalud, en su carácter de coordinadora del Sistema Nacional de Salud, coordinar los programas deservicios de salud de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así comolos agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen, en el entendidode que tratándose de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demásinsumos asociados que requieran las personas sin seguridad social, a que se refiere el Título TerceroBis del referido ordenamiento, se auxiliará de "EL INSABI".
III."EL PROGRAMA" se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicadoen el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Socialestablece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:
·Salud para toda la población.
IV."EL PROGRAMA" interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en elPrograma Sectorial de Salud 2019-2024. Por ello, se alinea con sus Objetivos prioritarios, estrategiasy acciones puntuales que a continuación se mencionan:
Objetivo prioritario 1.- Garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuentecon seguridad social y, el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenesmédicos y suministro de medicamentos incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para laSalud.
Estrategia prioritaria 1.3 Brindar a la población sin seguridad social, especialmente a quieneshabitan en regiones con alta o muy alta marginación, acciones integrales de salud que ayuden aprolongar su vida con calidad, evitar la ocurrencia de enfermedades o en su caso, detectarlastempranamente a través de la participación de todas las instituciones del Sistema Nacional deSalud, en las acciones puntuales.
Acción 1.3.3 Acercar los servicios de salud a la población, a través de Jornadas de Salud Públicay esquemas itinerantes para brindar acciones integrales de salud, especialmente en zonas conmayores dificultades de acceso a las instituciones del Sistema Nacional de Salud.
Estrategia prioritaria 1.5 Fomentar la participación de comunidades en la implementación deprogramas y acciones, bajo un enfoque de salud comunitaria para salvaguardar los derechos deniñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores, mujeres, comunidad LGBTTTI,personas con discapacidad, comunidades indígenas y afromexicanas, en las acciones puntuales.
Acción 1.5.5 Implementar Caravanas de la Salud y brigadas de atención ambulatoria para brindarservicios a población afectada por contingencias emergentes, que viven en localidades alejadasde las ciudades o que transitan en condición migrante.
V.El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, en su Anexo 25 estableceque "EL PROGRAMA" estará sujeto a Reglas de Operación.
VI.Con "EL PROGRAMA" se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como ProgramaCaravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa UnidadesMédicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales secoadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud en aquellaslocalidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de saludpor falta de infraestructura física.
VII."EL PROGRAMA" tiene como misión ser un programa que coadyuve con las Entidades Federativascon la aportación de recursos presupuestarios federales y recursos humanos destinados a laprestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencialidentificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura,carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500personas.
DECLARACIONES
I.DE "EL INSABI":
I.1Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica ypatrimonio propio sectorizado a la Secretaría de Salud en términos de los artículos 1o, párrafotercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35,párrafo primero de la Ley General de Salud, cuyo objeto en términos del segundo párrafo delprecepto legal citado en último término es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios desalud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así comoimpulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, accionesorientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del SistemaNacional de Salud.
I.2Su Director General tiene la facultad y legitimación para suscribir el presente Convenio, según sedesprende de lo previsto en los artículos 77 bis 35 B, fracción II, 77 bis 35 G, párrafo segundo y 77bis 35 H de la Ley General de Salud, así como 22, fracciones I y II y 59, fracción I de la Ley Federalde las Entidades Paraestatales, cargo que se acredita con copia del nombramiento respectivo.
I.3El Titular de la Coordinación de Atención a la Salud de "EL INSABI", cargo que acredita con larespectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico enasistencia del Director General de dicho organismo, en suplencia por ausencia del Titular de laCoordinación Nacional Médica de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículoSexagésimo sexto del Estatuto Orgánico de "EL INSABI", considerando las...

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