Convenio de colaboración para el cobro de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, que celebran, por una parte, el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y, por la otra, el municipio de Querétaro, Qro.
Fecha de disposición | 20 Mayo 2022 |
Fecha de publicación | 20 Mayo 2022 |
Número de Gaceta | 37 |
Pág. 12032 PERIÓDICO OFICIAL 20 de mayo de 2022
PODER EJECUTIVO
CONVENIO DE COLABORACIÓN (EN ADELANTE, EL “CONVENIO”), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
EL ESTADO DE QUERÉTARO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ESTADO”
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA LCDA. MARÍA GUADALUPE MURGUÍA GUTIÉRREZ,
SECRETARIA DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL L.A. GUSTAVO ARTURO LEAL MAYA,
SECRETARIO DE FINANZAS, AMBOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y POR LA
OTRA, EL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, QRO., EN LO SUCESIVO “EL MUNICIPIO”, REPRESENTADO EN
ESTE ACTO POR LA MTRA. JULIANA ROSARIO HERNÁNDEZ QUINTANAR, SÍNDICO MUNICIPALY EL
LIC. FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ, SECRETARIO DE FINANZAS DEL MUNICIPIO DE
QUERÉTARO, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE
CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
1.En fecha 29 de julio del 2015, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Convenio de Colaboración
Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal (en adelante “La Federación”)
por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Querétaro, en lo subsecuente el
“CONVENIO DE COLABORACIÓN”, publicación que de igual forma se realizó en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, el 03 de agosto de 2015.
2.Conforme a lo dispuesto por la fracción V de la cláusula SEGUNDA del “CONVENIO DE COLABORACIÓN”,
el Estado y la Federación han acordado coordinarse en materia de las multas impuestas por autoridades
administrativas federales no fiscales, asumiendo el Estado las facultades previstas en la cláusula DÉCIMA
CUARTA del referido instrumento.
3.Asimismo, a través de la mencionada cláusula DÉCIMA CUARTA, el Estado convino con la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, que ejercerá a través de las autoridades fiscales municipales las facultades
previstas en dicha Cláusula, cuando así lo acuerden expresamente y el convenio respectivo sea publicado
en el órgano de difusión oficial de la Entidad.
D E C L A R A C I O N E S
I.“EL ESTADO” DECLARA:
I.1. De conformidad con lo estipulado en los artículos 40, 42, 43 y 115 primer párrafo, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 7 primer párrafo y 10, de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Querétaro, es parte integrante de la Federación, libre y autónomo en su
régimen interno, teniendo como base de su división territorial y de la organización política y
administrativa el municipio libre.
I.2. Quienes suscriben el presente, cuentan con las facultades necesarias para celebrarlo de acuerdo a
lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Coordinación Fiscal y la cláusula DÉCIMA CUARTA del
“CONVENIO DE COLABORACIÓN”, así como por los artículos 5, 6, 19, fracciones I y II,21 y 22
fracciones IV y XXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
I.3. Señala como domicilio para todos los efectos del presente Convenio el ubicado en 5 de mayo y Luis
Pasteur, Centro Histórico, C.P. 76000, en la ciudad de Santiago de Querétaro, Qro.
II.“EL MUNICIPIO” DECLARA:
II.1. Es una persona moral de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de
conformidad con los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 35 de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, 3 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro y 25 fracción I del Código Civil del Estado de Querétaro.
II.2. Sus representantes cuentan con la facultad para suscribir el presente convenio, lo que se acredita
mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 12 de octubre de 2021. ANEXO I.
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