Del Control y Vigilancia

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1096-1097

Page 1096

Informe que deberán presentar a la Sedena los particulares con permiso general

68.- Quienes tengan permiso general, deberán rendir a la Secretaría de la Defensa Nacional, dentro de los cinco primeros días de cada mes, un informe detallado de sus actividades, en el que se especifique el movimiento ocurrido en el mes anterior.

Obligación para las negociaciones de facilitar visitas de inspección

69.- Las negociaciones que se dediquen a las actividades reguladas en esta ley, tienen obligación de dar las facilidades necesarias a la Secretaría de la Defensa Nacional para practicar visitas de inspección.

Suspensión o cancelación de permisos en el caso de alteración de la tranquilidad pública

70.- En caso de alteración de la tranquilidad pública, las autoridades a quienes corresponde la aplicación de esta ley, dictarán dentro de los ámbitos de su competencia, las medidas necesarias para asegurar el estricto cumplimiento de las disposiciones de suspensión o cancelación de los permisos.

Control de establecimientos por parte de la Sedena en caso de guerra o alteración del orden público

71.- En caso de guerra o alteración del orden público, las fábricas, plantas industriales, talleres, almacenes y establecimientos comerciales que fabriquen, produzcan, organicen, reparen, almacenen o vendan cualesquiera de las armas, objetos y materiales aludidos en esta ley, previo acuerdo del Presidente de la República, quedarán bajo la dirección y control de la Secretaría de la Defensa Nacional, de conformidad con los ordenamientos legales que se expidan.

Inspección de las condiciones de seguridad de establecimientos

72.- La Secretaría de la Defensa Nacional, cuando lo estime necesario, inspeccionará las condiciones de seguridad de las instalaciones en fábricas, plantas industriales, talleres, almacenes, polvorines y vehículosdestinadosalasactividadesaqueserefiereestetítulo.

Medidas de información, control y seguridad que deben cumplir los permisionarios

73.- Los permisionarios a que se refiere este título están obligados a cumplir con las medidas de información, control y...

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