Control y evaluación entre los poderes (Legislativo Ejecutivo)

AutorMónica Barrera Rivera
Páginas233-250
EL C ONT ROL Y LA E VALUA CIÓ N EN LA R EFO RMA DEL ESTA DO
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sector informal, los autoempleados y los microempresarios al sistema
productivo.
Esto exige poner énfasis en la creación de sistemas de formación de
recursos humanos, actividades de extensión industrial e incubadoras
de pequeñas empresas; lo cual obliga a democratizar el crédito con meca-
nismos tradicionales o nuevos; dar una nueva orientación al presupuesto
y al gasto social.
La redefinición de lo público y lo privado tiene el sentido de forta-
lecer a la sociedad y de generar una economía de mercado equilibrada.
Por esto es importante cuidar el equilibrio entre la gran y la pequeña y
mediana empresas, entre la concentración y descentralización del equi-
pamiento y del capital, entre la concentración y el desarrollo regional.
No puede caerse nuevamente en el error de construir un capitalismo
desequilibrado en cuanto al capital, concentración del ingreso y la con-
centración espacial del desarrollo. No puede en suma repetirse los erro-
res y los efectos negativos que también fueron factores esenciales de la
crisis de los modelos de desarrollo anteriores al desmantelamiento de
las empresas estatales.
Control y evaluación entre los poderes
(Legislativo-Ejecutivo)
La división de poderes es un arreglo institucional para evitar que el
poder se concentre en una persona, personas u órgano; es un arreglo
que separa las funciones de la gobernación, instituyendo el control en-
tre poderes para salvaguardar la libertad. La premisa básica y funda-
mental, son los pesos y contrapesos entre los poderes como medio de
evitar la concentración del poder y restringir la capacidad de decisión
en uno sólo. A pesar de la fuerte tradición presidencialista, en la última
década ha habido limitaciones y acotaciones, sobre todo factuales, al
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poder presidencial, desarrollando el poder Legislativo un papel impor-
tante en la vida nacional, contrariamente a la posición de subordinación
al Ejecutivo que jugó en prácticamente casi todo el siglo XX.
Han habido avances en el control del Ejecutivo, pero hace falta un
arreglo institucional de mayor eficacia en cuanto al control y evalua-
ción de éste, no sólo por los vacíos institucionales que subsisten, pro-
ducto de la historia de predominio del presidencialismo, sino también
por la necesidad de crear una legalidad que propicie la práctica real del
ejercicio del control, y que lo institucionalice. De otra manera, se corre
el riesgo de que subsistan y se impongan de nueva cuenta, los rasgos
premodernos del Estado, obstaculizando la consolidación de la demo-
cracia y la Reforma del Estado en el plano real, efectivo, del ejercicio
democrático del poder.
Predominio del Ejecutivo sobre el Legislativo.
Ausencia de controles y acotamiento
Aunque ya existían en las constituciones anteriores a la de 1917 antece-
dentes de la necesidad de una pluralidad del poder a través de la división
de poderes, no es sino hasta la del año mencionado que esta división de
poderes se establece como tal y da origen a la participación de la sociedad
en la política, a través del Congreso de la Unión como su representante.
En la Constitución de 1917181 se estipula la división del supremo poder
para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial (artículo 49), especi-
ficando las funciones particulares de los poderes y otorga al poder Legis-
lativo amplias facultades de control sobre el poder Ejecutivo (el artículo
61 refleja la importancia que quiso darle el constituyente al Congreso,
fijando la inmunidad de los congresistas: artículo 61).
181Sepúlveda, Ricardo, “El equilibro de poderes bajo el tamiz de la justicia política”, Revista del Senado
de la República, vol. 5, núm. 16, México, julio-septiembre de 1999, p. 88.

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