Caso en que el contribuyente puede quedar liberado de cumplir ciertas obligaciones fiscales

AutorJosé Pérez Chávez - Eladio Campero Guerrero - Raymundo Fol Olguín
Páginas184

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Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería o pesca comercial, por cuyas actividades únicamente sea aplicable la tasa del 0%, podrán optar por quedar liberados de cumplir con las obligaciones que enseguida se indican:

  1. Llevar contabilidad en los términos del CFF, su Reglamento y el Reglamento de la Ley del IVA.

  2. Separar la contabilidad tratándose de comisionistas.

  3. Presentar las declaraciones.

En este caso, no tendrán derecho a la devolución del IVA. (Art. 32, segundo párrafo, LIVA)

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