Contratos de Remolque Transporte

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas647-648

Page 647

ARTÍCULO 148

Concepto de contrato de remolque de transporte

El contrato de remolque transporte, regula la operación de trasladar por agua una embarcación u otro objeto de un lugar a otro, bajo la dirección del capitán de la embarcación remolcadora, mediante el suministro por ésta de toda o parte de la fuerza de tracción.

ARTÍCULO 149

Responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados a terceros

En el contrato de remolque transporte, tanto la embarcación remolcadora como la remolcada responderán frente a terceros de los daños y perjuicios que causen, salvo prueba en contrario. En los casos en que solamente la embarcación remolcadora se encuentre tripulada durante la operación de remolque transporte, ésta será la única responsable frente a terceros de los daños y perjuicios causados.

ARTÍCULO 150

Prescripción de las acciones derivadas del contrato de remolque de transporte

Las acciones derivadas de los contratos de remolque transporte prescribirán en el término de seis meses, contado a partir de la fecha pactada para su entrega en el lugar de destino.

ARTÍCULO 151

Reglas para el establecimiento de tarifas por servicios de remolque transporte

La Secretaría estará facultada para establecer la base de regulación de tarifas en la prestación de los servicios de remolque transporte, cuando en opinión de...

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