Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 14 de Agosto de 2020 (Tesis num. 1a./J. 21/2020 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 14-08-2020 (Contradicción de Tesis))
| Emisor | Primera Sala |
| Número de registro | 2022009 |
| Número de resolución | 1a./J. 21/2020 (10a.) |
| Fecha de publicación | 14 Agosto 2020 |
| Fecha | 14 Agosto 2020 |
| Época | Décima Época (SJF) |
| Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
| Materia | Civil |
| Localizador | [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 77, Agosto de 2020; Tomo III; Pág. 2964 |
Los Tribunales Colegiados examinaron si conforme al Código Familiar del Estado de Zacatecas, en su texto anterior a la reforma publicada en el Periódico Oficial de la entidad el 23 de junio de 2018, en el matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, ante la ausencia de capitulaciones matrimoniales, forman parte del patrimonio de la sociedad los bienes adquiridos por uno de los cónyuges a título gratuito, ya sea por donación, herencia, legado o don de la fortuna, llegando a conclusiones contrarias. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que dichos bienes no forman parte del patrimonio de la sociedad conyugal. Esto, porque de conformidad con los artículos 139 y 141 de la legislación referida, ante la ausencia de capitulaciones matrimoniales que rijan la sociedad conyugal, opera un sistema legal de gananciales que se propone alcanzar y materializar fines de justicia y equidad patrimonial entre los cónyuges atendiendo a la comunidad de vida consustancial al matrimonio, mediante el cual se reconoce a ambos cónyuges el derecho en igual proporción, sobre: i) los frutos que produzcan los bienes comunes y personales, en los que haya habido administración y trabajo comunes; ii) las mejoras que hayan tenido los bienes comunes durante la vida conyugal; iii) las donaciones hechas a ambos cónyuges y las que se hubieren hecho a cada uno de ellos en consideración al matrimonio; y, iv) los bienes adquiridos con fondos o bienes comunes, o que sean el resultado del trabajo y esfuerzo de ambos. De manera que la justificación esencial para la inclusión de un determinado bien como ganancial del matrimonio, es que éste se haya generado u obtenido como resultado de la colaboración, trabajo y esfuerzo común de ambos cónyuges, asimismo, que tratándose de bienes adquiridos a título gratuito, la transmisión del dominio se haya establecido expresamente en favor de los dos cónyuges o se demuestre que se hizo a uno de ellos pero en consideración al matrimonio. Por tanto, cuando se trata de bienes adquiridos en exclusiva por uno de los cónyuges a través de donación, herencia, legado o don de la fortuna, que constituyen liberalidades hechas por un tercero, no es la colaboración, trabajo y esfuerzo común de ambos consortes la causa de la adquisición, por lo que, debe concluirse que no son gananciales del matrimonio que deban formar parte del patrimonio de la sociedad conyugal para efectos de su liquidación, cuando no existen capitulaciones matrimoniales.
Contradicción de tesis 474/2019. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Decimoprimera Región, con residencia en Coatzacoalcos, Veracruz y el Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito. 13 de mayo de 2020. Cinco votos de los Ministros Norma Lucía P.H., A.M.R.F., J.M.P.R., A.G.O.M. y J.L.G.A.C.. Ponente: N.L.P.H.. Secretaria: L.P.R.S..
Tesis y/o criterios contendientes:
El emitido por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Decimoprimera Región, con residencia en Coatzacoalcos, Veracruz, en apoyo al Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 321/2019 (cuaderno auxiliar 486/2019), en el que determinó que en el régimen de sociedad conyugal, ante la falta de capitulaciones matrimoniales, debía estimarse que los bienes adquiridos a título gratuito por donación, herencia o don de la fortuna, no formaban parte del patrimonio común, y
El sustentado por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 220/2012, en el que consideró que en el régimen de sociedad conyugal, cuando no se formulan capitulaciones matrimoniales, los bienes adquiridos durante el matrimonio por alguno de los consortes por cualquier título, ya sea oneroso o gratuito, forman parte de la sociedad para efectos de su liquidación; por ende, los recibidos por donación, herencia o don de la fortuna, pertenecían al patrimonio común de la sociedad.
Tesis de jurisprudencia 21/2020 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada a distancia del diez de junio de dos mil veinte.
Esta tesis se publicó el viernes 14 de agosto de 2020 a las 10:22 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 17 de agosto de 2020, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 16/2019.Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
7 días de acceso ilimitado
-
Sentencia con número de expediente 1411/2024. Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima, 2025-02-21
...fin de que sea respetado su derecho al tanto que defiende en el presente juicio. Sirve de apoyo a lo anterior la tesis de jurisprudencia 1a./J. 21/2020 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, registro digital: 2022009, Décima Época, de la Gaceta del Semanari......
-
Sentencia con número de expediente 251/2022. Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Circuito, con residencia en Villahermosa, Tabasco, 2022-11-30
...derecho que alega sobre el bien inmueble que adquirió su cónyuge por virtud de donación. Sirve de apoyo a lo anterior la jurisprudencia 1a./J. 21/2020 (10a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Dé......
-
Sentencia con número de expediente 120/2024. Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 2024-06-14
...consideración al matrimonio civil, pues de ser así, se debió haber plasmado en el contrato de donación referido. Cita la jurisprudencia 1a./J. 21/2020 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro “SOCIEDAD CONYUGAL. CUANDO NO SE FORMULAN CAPITULACIONES M......
-
Sentencia con número de expediente 328/2022. Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de México, 2022-05-23
...09/02/23 16:50:36 PJF - Versión Pública A Se invoca por analogía, la jurisprudencia 1a./J. 21/2020 sustentada por la Primera Sala del Máximo Tribunal, que establece: “SOCIEDAD CONYUGAL. CUANDO NO SE FORMULAN CAPITULACIONES MATRIMONIALES, LOS BIENES ADQUIRIDOS POR UNO DE LOS CÓ......
-
Atributos de la personalidad
...el Semanario Judicial de la Federación. 2. Registro digital: 2022009. Instancia: Primera Sala. Décima Época. Materias(s): Civil. Tesis: 1a./J. 21/2020 (10a.). Fuen-te: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 77, Agosto de 2020, Tomo III, página 2964. Tipo: Jurisprudencia SOCIE......