Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 4 de Octubre de 2019 (Tesis num. 2a./J. 122/2019 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 04-10-2019 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 2020711 |
Número de resolución | 2a./J. 122/2019 (10a.) |
Fecha de publicación | 04 Octubre 2019 |
Fecha | 04 Octubre 2019 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 122/2019 (10a.) |
El artículo 124 de la Ley de Amparo dispone, entre otras cuestiones, que en la audiencia constitucional se recibirán los alegatos por escrito que formulen las partes, y que el quejoso podrá alegar verbalmente en los casos extraordinarios expresamente ahí previstos, de lo que se advierte que el legislador estableció en dicha figura un derecho procesal de las partes a formularlos, una formalidad para su presentación, así como una obligación procesal del Juez de Distrito de recibirlos y pronunciarse respecto de ellos en su resolución, de ser necesario, como lo es cuando en dichos alegatos se hacen valer cuestiones de improcedencia. Sin embargo, la omisión del Juez de Distrito de emitir algún pronunciamiento relacionado con dichos argumentos de improcedencia constituye una violación que no da lugar a la reposición del procedimiento, ya que el artículo 93 de la Ley de Amparo impone al Tribunal Colegiado de Circuito que conozca de la revisión la obligación de ocuparse de ellos, en aras de una impartición de justicia pronta, completa e imparcial, como lo dispone el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de evitar dilaciones innecesarias en la resolución del asunto.
Contradicción de tesis 135/2019. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo en Materia Administrativa del Segundo Circuito, Sexto en Materia Administrativa del Primer Circuito y Primero del Segundo Circuito, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México. 7 de agosto de 2019. Cinco votos de los Ministros A.P.D., E.M.M.I., J.F.F.G.S., Y.E.M. y J.L.P.. Ponente: Y.E.M.. Secretario: F.G.O..
Criterios contendientes:
El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, al resolver el amparo en revisión 9/2019, el sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el amparo en revisión 41/2018, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, al resolver el amparo en revisión 107/2017.
Tesis de jurisprudencia 122/2019 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiocho de agosto de dos mil diecinueve.
Esta tesis se publicó el viernes 04 de octubre de 2019 a las 10:14 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 07 de octubre de 2019, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.-
Sentencia con número de expediente 201/2022. Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, 2022-04-27
...Público de la Federación adscrito, en razón de que no se hacen valer causas de improcedencia, de conformidad con la jurisprudencia 2a./J. 122/2019 (10a.) de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que dispone: “ALEGATOS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. LOS JUECES DE D......
-
Sentencia con número de expediente 753/2022. Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, 2022-08-11
...en razón de que no se advierte algún aspecto relevante motivo de análisis. Al respecto, resulta aplicable el criterio jurisprudencial 2a./J. 122/2019 (10a.), emitido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federació......
-
Sentencia con número de expediente 971/2022. Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en el Rincón, Municipio de Tepic, 2022-07-26
...de que se trate de órganos judiciales, o bien, sólo materialmente jurisdiccionales.” 8 Se cita al respecto, la jurisprudencia 2a./J. 122/2019 (10a.), con registro digital sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible a página 1534, Libro 71, Octubre de......
-
Sentencia con número de expediente 270/2022. Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en el Rincón, Municipio de Tepic, 2022-04-29
...*******; o en su caso, haga del conocimiento de este Juzgado de Distrito cualquier acuerdo 9 Se cita al respecto, la jurisprudencia 2a./J. 122/2019 (10a.), con registro 2020711, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible a página 1534, Libro Octubre......