Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 17 de Agosto de 2018 (Tesis num. 1a./J. 28/2018 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 17-08-2018 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 2017640 |
Número de resolución | 1a./J. 28/2018 (10a.) |
Fecha de publicación | 17 Agosto 2018 |
Fecha | 17 Agosto 2018 |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a./J. 28/2018 (10a.) |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común, Penal |
De la interpretación sistemática y funcional de los artículos 16, párrafo décimo cuarto y 20, apartado C, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 109, fracción XXI y 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se advierte que la víctima u ofendido puede impugnar ante el Juez de Control las omisiones de la autoridad ministerial derivadas de su facultad investigadora, a través del medio de defensa innominado que prevé el artículo 258 citado, cuya finalidad es que el Juez de Control revise las decisiones u omisiones del Ministerio Público, que definen el curso de una indagatoria, pues al estimar que su actuación es ilegal, debe conminarlo a que cese ese estado de cosas, reanude la investigación y practique todas las diligencias que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos. Por lo tanto, previamente a la promoción del juicio de amparo indirecto, se debe agotar ese medio de defensa ordinario, en observancia al principio de definitividad.
Contradicción de tesis 233/2017. Entre las sustentadas por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito. 18 de abril de 2018. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos por la competencia. Disidente: J.R.C.D.. Mayoría de tres votos en cuanto al fondo, de los Ministros J.R.C.D., J.M.P.R. y N.L.P.H.. Disidentes: A.Z.L. de L. y A.G.O.M.. Ponente: J.R.C.D.. Secretario: H.V.T..
Tesis y/o criterios contendientes:
El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, al resolver la queja 142/2016, sostuvo la tesis aislada I.9..P. 140. P (10a.), de título y subtítulo: "OMISIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO EN LA INVESTIGACIÓN DE LOS HECHOS DENUNCIADOS EN LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO. AL NO ESTABLECERSE EXPRESAMENTE EN EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES NI EN ALGUNA OTRA DISPOSICIÓN APLICABLE, EL RECURSO O MEDIO DE IMPUGNACIÓN QUE DEBE INTERPONERSE EN SU CONTRA, LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO NO ESTÁ OBLIGADO A AGOTAR EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, PREVIO A LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de marzo de 2017 a las 10:13 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 40, Tomo IV, marzo de 2017, página 2781, con número de registro digital: 2013932.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, al resolver la queja 38/2017, consideró que no hay recurso alguno que proceda contra las omisiones del Ministerio Público que se actualicen en la etapa de investigación, por lo que no hay necesidad de agotar el principio de definitividad antes de acudir al amparo. Lo anterior, toda vez que el Código Nacional de Procedimientos Penales no establece de forma expresa el recurso o medio de impugnación que debe interponerse contra dichas omisiones, de ahí que no exista medio de defensa al que se deba acudir antes de promover el juicio de amparo.
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, al resolver las quejas 197/2016, 189/2016 y 252/2016, sostuvo la tesis aislada XVIII.1o.P.A.2 P (10a.), de título y subtítulo: "SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL. LA OMISIÓN DEL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES EN LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN, DEBE IMPUGNARSE ANTE EL JUEZ DE CONTROL A TRAVÉS DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 258 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, PREVIO A LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 12 de mayo de 2017 a las 10:17 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 42, Tomo III, mayo de 2017, página 2141, con número de registro digital: 2014279.
Tesis de jurisprudencia 28/2018 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintitrés de mayo de dos mil dieciocho.
Esta tesis se publicó el viernes 17 de agosto de 2018 a las 10:25 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 20 de agosto de 2018, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.-
Ejecutoria num. 32/2020 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 11-11-2022 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos. Nota: Las tesis de jurisprudencia 1a./J. 7/2014 (10a.) y 1a./J. 28/2018 (10a.) citadas en esta sentencia, también aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 11 de abril de 2014 a las 1......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 10-02-2021 (SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 363/2020)
...desechó la demanda aplicando expresamente las consideraciones de la contradicción de tesis 233/200179, que dio lugar a la jurisprudencia 1a./J. 28/201810. En ese sentido, consideró que, si se reclamaban omisiones del Ministerio Público derivado de su facultad investigadora, debía agotarse e......
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Sentencia con número de expediente 1185/2022. Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, 2022-09-07
...través del medio de impugnación previsto por el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Cabe citar la jurisprudencia 1a./J. 28/2018 (10a.), cuyo rubro y contenido Época: Décima Época Registro: 2017640 Instancia: Primera Sala Tipo de Tesis: Jurisprudencia Fuente: Gaceta d......
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Sentencia con número de expediente 625/2022. Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche, 2022-06-29
...necesarias para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos.”.(Lo resaltado es propio) También, la diversa jurisprudencia 1a./J. 28/2018 con registro digital 2017640, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 57, agosto de dos mil Tomo I, Décima Épo......
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Derecho de impugnar las omisiones del Ministerio Público en la investigación inicial: análisis jurisprudencial
...omisiones del representante social, como se verá a continuación. Como complemento de la anterior jurisprudencia, la jurisprudencia 1a./J. 28/201839, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 17 de agosto de 2018, señaló que de la inter-37Real Academia Española (RAE), Dicciona......
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El recurso innominado del artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales
...del juicio de amparo indirecto, se debe agotar ese medio de defensa ordinario, en observancia al principio de definitividad. (Tesis: 1a./J. 28/2018, 2018: 943) En términos de la jurisprudencia transcrita, frente a las omisiones del Ministerio Público se debe de agotar el principio de defini......