Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 27 de Octubre de 2017 (Tesis num. 2a. CLIV/2017 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 27-10-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. CLIV/2017 (10a.)
Fecha de publicación27 Octubre 2017
Fecha27 Octubre 2017
Número de registro2015383
EmisorSegunda Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a. CLIV/2017 (10a.)

Por regla general, los conflictos competenciales por razón de la materia se resuelven atento a la naturaleza de los actos reclamados y de las autoridades responsables; sin embargo, surge una excepción cuando el problema de fondo del recurso de revisión que los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes se niegan a conocer, consiste en revisar si es correcto el sobreseimiento en el juicio de amparo, porque para el Juez de Distrito no se está en el caso de actos de autoridad, pues en ese supuesto, no es factible analizar la naturaleza de los actos reclamados y de las autoridades responsables, porque ello ocasionaría que la resolución del conflicto competencial prejuzgue sobre el fondo del recurso. Por tanto, en esos casos, la competencia debe fincarse en favor del Tribunal Colegiado de Circuito especializado en materia administrativa, por tener competencia residual para conocer del recurso de revisión, lo que a su vez, respeta la litis del conflicto competencial atinente a resolver cuestiones de competencia y no de procedencia del juicio de amparo.

Conflicto competencial 188/2016. Suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo, ambos del Décimo Segundo Circuito. 15 de febrero de 2017. Mayoría de tres votos de los Ministros A.P.D., J.L.P. y M.B.L.R.. Disidentes: J.F.F.G.S. y E.M.M.I.P.: J.L.P.. Secretario: O.J.F.D..


Conflicto competencial 178/2017. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Primero en Materia Administrativa y Primero en Materia de Trabajo, ambos del Sexto Circuito. 16 de agosto de 2017. Cinco votos de los Ministros A.P.D., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y E.M.M.I.; mayoría de tres votos en relación con el criterio contenido en esta tesis. Disidentes: J.F.F.G.S. y E.M.M.I.P.: J.L.P.. Secretario: O.J.F.D..


Conflicto competencial 207/2017. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Segundo en Materia Administrativa y Segundo en Materia de Trabajo, ambos del Séptimo Circuito. 30 de agosto de 2017. Mayoría de tres votos de los Ministros A.P.D., J.L.P. y M.B.L.R., en relación con el criterio contenido en esta tesis. Disidentes: J.F.F.G.S. y E.M.M.I.P.: J.L.P.. Secretario: R.S.N..

Esta tesis se publicó el viernes 27 de octubre de 2017 a las 10:37 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
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