Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 6 de Enero de 2017 (Tesis num. 2a./J. 192/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 06-01-2017 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2013377
Número de resolución2a./J. 192/2016 (10a.)
Fecha de publicación06 Enero 2017
Fecha06 Enero 2017
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 192/2016 (10a.)

Para que proceda el recurso de revisión fiscal no basta que el asunto encuadre en alguna de las hipótesis del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, sino que es indispensable que la sentencia recurrida sea de importancia y trascendencia, esto es, que contenga una decisión de fondo que implique la declaración de un derecho o la inexigibilidad de una obligación. En este sentido, el indicado medio de defensa procede contra sentencias en las que se declare la nulidad del acto impugnado por actualizarse la prescripción del crédito fiscal, al constituir una resolución de fondo, ya que el análisis de esa figura jurídica implica el pronunciamiento sobre el derecho sustantivo de los gobernados, mediante el cual se les libera de una obligación tributaria con motivo del transcurso de cierto tiempo, esto es, como consecuencia de la prescripción del crédito fiscal.

Contradicción de tesis 107/2016. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y el Pleno del Décimo Cuarto Circuito. 26 de octubre de 2016. Mayoría de tres votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P. y A.P.D.. Disidentes: J.F.F.G.S. y M.B.L.R.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: N.M.T.C..


Tesis y criterio contendientes:


Tesis PC.XIV. J/4 A (10a.), de título y subtítulo: "REVISIÓN FISCAL. DICHO RECURSO ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS QUE SÓLO DECLAREN LA NULIDAD LISA Y LLANA DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO, POR HABER OPERADO LA PRESCRIPCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL DETERMINADO.", aprobada por el Pleno del Décimo Cuarto Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 27 de noviembre de 2015 a las 11:15 horas, y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 24, Tomo III, noviembre de 2015, página 2584, y


El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la revisión fiscal 79/2016.


Tesis de jurisprudencia 192/2016 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis.

Esta tesis se publicó el viernes 06 de enero de 2017 a las 10:07 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 09 de enero de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
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