Tesis, Plenos de Circuito, 31 de Enero de 2015 (Tesis num. PC.IV.A. J/5 A (10a.) de Pleno en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 09-01-2015 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2008188
Número de resoluciónPC.IV.A. J/5 A (10a.)
Fecha31 Enero 2015
Fecha de publicación31 Enero 2015
Localizador [J] ; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 14, Enero de 2015; Tomo II; Pág. 1416. PC.IV.A. J/5 A (10a.).
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

De acuerdo con la naturaleza y el mecanismo de pago del impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles en el Estado de Nuevo León, la afirmativa ficta prevista en el artículo citado se traduce en la sola aceptación sobre la recepción de la nota oficial para la consignación del numerario, en la cantidad calculada por el contribuyente o notario público, según sea el caso, a fin de proceder a registrar la operación en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, así como para la modificación de la base catastral, pero no en la resolución definitiva en que la autoridad administrativa determine, cuantifique o liquide el monto a pagar por concepto de dicha contribución. Lo anterior, porque al ser un impuesto autodeterminado, la autoridad fiscal goza de las facultades de comprobación para establecer el cálculo definitivo del monto a pagar.


PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

Contradicción de tesis 12/2013. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa, y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, ambos del Cuarto Circuito. 28 de octubre de 2014. Mayoría de dos votos de los Magistrados L.A.H.N. y S.J.C.R.. Disidente: J.M.P.. Ponente: S.J.C.R.. Secretario: N.I.L.R..


Tesis y/o criterios contendientes:


El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 542/2013, y el diverso sustentado por Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 294/2013.


Nota:


De la sentencia que recayó al amparo directo 294/2013 resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, derivó la tesis aislada IV.2o.A.69 A (10a.) de título y subtítulo: "ADQUISICIÓN DE INMUEBLES. LA NOTA OFICIAL ELABORADA POR LOS FEDATARIOS PÚBLICOS QUE CONTIENE LA CUANTIFICACIÓN DEL IMPUESTO RELATIVO, SE TRADUCE, AL DARSE SU ACEPTACIÓN FICTA POR LA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR