Contradicción entre los proyectos de ley de ejecución de sanciones y las normas internacionales

AutorLuis Rodríguez Manzanera
CargoMiembro de la Academia Mexicana de Ciencias Penales
Páginas55-73
55
Contradicción entre los proyectos
de ley de ejecución de sanciones
y las normas internacionales
Luis Rodríguez Manzanera1
El hombre entra a prisión,
el delito queda fuera.
(Lema clásico del Penitenciarismo)
El delito entra a prisión,
el ser humano queda fuera.
¿Propuesta de los proyectos de ley de ejecución?
Sumario: I. Introducción. II. La crisis penitenciaria. III. Los proyectos de Ley Nacional de
Ejecución de Sanciones. IV. Niveles e instancias. V. Las Reglas de Mandela. Conclusiones.
I. Introducción
En este ensayo hacemos una apreciación de los proyectos de Ley de Ejecución de
Sanciones de México, y su contradicción con las normas, directrices e instrumentos
internacionales.
Iniciamos con una breve referencia a la crisis penitenciaria, tan grave que se
puede contemplar como una crisis humanitaria, con todas sus funestas consecuencias.
A continuación comentamos los proyectos y, ante la imposibilidad de hacer un
análisis comparativo detallado, consignamos los principales puntos en los cuales son
omisivos, contradictorios o erráticos.
1 Miembro de la Academia Mexicana de Ciencias Penales, Profesor titular en la Universidad
Nacional Autónoma de México, Investigador Emérito del Instituto Nacional de Ciencias Penales.
Criminog13.indd 55 11/05/16 22:03
56
En el siguiente apartado se presentan los conceptos básicos sobre aspectos
jurídicos, criminológicos y penológicos, para poder demostrar la confusión y los
errores técnicos en los proyectos en los que, al no respetar los niveles de interpreta-
ción y los niveles de procedencia, caen en contradicciones, tautologías, omisiones
y errores.
Se presentan las Reglas de Mandela, el actual ordenamiento de las Naciones
Unidas en materia de tratamiento de personas privadas de su libertad (2015), y se
hacen comentarios en los puntos en donde los proyectos contradicen, o abiertamente
violan el instrumento internacional.
En las conclusiones, se expresa el deseo de que la Ley que habrá de regir la
ejecución de las penas (y en su caso medidas) privativas de la libertad, sea una ley
moderna, humanitaria, técnica (tanto jurídica como criminológicamente), que respe-
te la tradición penitenciaria mexicana y sus grandes logros (aunque no sean tantos ni
tan frecuentes), y que pueda aplicarse en la realidad (aunque esto dependa en mucho
de la voluntad política).
II. La crisis penitenciaria
El sistema penitenciario está en crisis.
Esto no es nuevo, parecería que la cárcel es una institución que nació para estar
en crisis, y que son pocos los momentos (dignos de ser recordados) en que la prisión
ha funcionado como los penitenciaristas la han diseñado y planeado.
No es la prisión sola, todo el sistema de Justicia Penal está en crisis; las cifras
de impunidad y de inecacia son aterradoras.
La prisión es una cloaca.
Todas las equivocaciones legislativas (que son muchas), toda la lentitud pro-
cesal, todos los errores judiciales, todas las fallas en la investigación, la corrupción
extendida, es decir, toda la porquería del sistema recaen sobre la prisión, y ésta no
tiene a donde desahogar el problema.
Lo anterior no quiere decir que la prisión no tenga su propia crisis, producida
por factores internos, algunos genéticos, heredados de antiguos regímenes puniti-
vos, del viejo vigilar y castigar; otros adquiridos, muchos de ellos por la imitación
extralógica de sistemas extranjeros, que para nosotros son culturalmente extraños,
Criminog13.indd 56 11/05/16 22:03

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR