Contestación de agravios
Actualizado a | Septiembre 2018 |
EXPEDIENTE NÚMERO: ___________
SECRETARIA: _____
C. JUEZ __________ DE LO FAMILIAR
DE _______________________
______________________, en mi carácter de procuradora judicial, en términos del artículo 693 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal , de la señora ________________, parte apelada en los autos del juicio al rubro citado, respetuosamente expongo:
Que estando en tiempo, vengo a dar contestación a los infundados e improcedentes agravios expresados por el apelante, en su escrito de fecha ______________________, mediante el cual interpuso RECURSO DE APELACIÓN en con de la sentencia definitiva dictada por su Señoría, con fecha ________________, y contesto manifestando:
Que la sentencia apelada debe ser confirmada por sus propios y legales fundamentos, toda vez que se encuentra apegada a derecho, a las constancias procesales, es perfectamente congruente con lo solicitado por las partes contendientes, no violando por consiguiente precepto legal procesal o sustantivo en agravio del apelante. Lo anterior, independientemente de que los argumentos que narra en su escrito, no constituyen agravios en derecho, dignos de ser considerados y examinados, sino meras afirmaciones y hechos que a todas luces son insuficientes para revocar o modificar el fallo definitivo.
Refiriéndome en particular a los supuestos agravios del recurrente, digo:
AL PRIMERO.-Es inoperante e infundado todo lo expuesto en este punto por el apelante y no le causa agravios suficientes para revocar el fallo impugnado, toda vez que no es un agravio procesalmente hablando digno de ser examinado y resuelto en su fondo. En efecto, la materia de la segunda instancia la conforman los agravios que haya sufrido el recurrente, por agravios se entiende la lesión jurídica cometida en su perjuicio, para lo cual es menester se exponga los hechos que dieron lugar a la infracción de la ley en su perjuicio, lo que en el caso no acontece, porque se reduce a exponer hechos irrelevantes, que no fueron materia de litis en el procedimiento de divorcio, hechos que según el apelante dan lugar a que se revoque el fallo porque se dan vicios en el consentimiento, en el convenio que se celebró en el juicio y que sirvió de apoyo a la sentencia definitiva, lo cual es falso.
Advertirán los CC. Magistrados, que el procedimiento se inició como Juicio de Divorcio Necesario, que en su curso, en audiencia celebrada el _______________________________, tanto el actor apelante y mi patrocinada celebraron un convenio en dicha audiencia, que dio lugar a que se pasara a sentencia el expediente, la que dictó el a quo, en términos de ley.
Aparece de dicho convenio que celebraron para dar fin a la controversia, que pactaron en que ambos padres seguirían ejerciendo la patria potestad, sobre sus menores hijos; que es su voluntad divorciarse; y que mi patrocinada tendría la guarda y custodia provisional de los hijos; "hasta en tanto el director del _____________________ de Salud Mental remita al Juzgado del conocimiento su dictamen sobre quién de los progenitores es más idóneo o apto para ejercer de manera definitiva la guarda y custodia, así como que manifieste cual seria la mejor manera en que podrán convivir con los hijos, hecho lo cual ambas partes están de acuerdo en someterse inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a lo determinado por el director aludido"; se fijó el régimen de convivencias y por lo que respecta a la pensión alimenticia; "queda subsistente la pensión fijada en el Juicio de Alimentos, radicado ante el Juzgado _____ de lo Familiar de este Tribunal; solicitando...
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