Contenido del dictamen
Autor | Fernando López Cruz |
Páginas | 49-63 |
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De acuerdo con el artículo 163 del Reglamento de Afiliación, Clasificación y Fiscalización, el dictamen (entendido en su sentido amplio de un conjunto de información y no sólo del vocablo dictamen) se integra por la siguiente información:
a) Carta de presentación.
b) Opinión o dictamen.
c) Anexos y la documentación complementaria señalada en el artículo 166 del propio reglamento.
Apunte: En el caso de la industria de la construcción, además de los anexos que correspondan a lo que se dice en este inciso c), se debe de acompañar la información que se detalla en el artículo 167 del Reglamento de Afiliación, Clasificación y Fiscalización.
Simetría con el SIDEIMSS
La documentación e información citada en los incisos a) a c) precedentes, que en el citado precepto legal sólo se enuncia de forma general, se captura, procesa y presenta cumpliendo con los lineamientos específicos que se mencionan en el módulo ocho del SIDEIMSS, siguiendo las indicaciones que para el llenado de cada tipo de cédula o anexos o formato se explican en las secciones 8.1 a 8.3 de ese módulo y que, en esencia, requieren información sobre los asuntos que se muestran en la relación de cédulas o anexos que describen la información a presentar, que se obtiene de la pestaña “información patronal” del SIDEIMMS, y que transcribo a continuación, anteponiendo a la izquierda un número que sólo tiene la función de guiar el orden cronológico de la información, respetando la columna de la derecha que lleva por encabezado estatus.
Tipo de cédulas o anexos que describen la información a presentar, obtenida de la pestaña “Información patronal” del SIDEIMSS
Categoría (“es decir, trata de”) Estatus
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Remuneraciones pagadas a los trabajadores Correcto
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Prestaciones otorgadas a los trabajadores Correcto
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Cuotas pagadas al Instituto Correcto
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Pagos a personas físicas Correcto
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Prestación de servicios de personal Correcto
Sección A. Personal proporcionado Correcto
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Subcontratación de personal Correcto
Sección A. Personal subcontratado Correcto
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Clasificación de empresas
Sección A. Procesos de trabajo Correcto
Sección B. Bienes y materias primas Correcto
Sección C. Maquinaria y equipo utilizado Correcto
Sección D. Equipo de transporte Correcto
Sección E. Personal Correcto
Sección F. Actividades complementarias Correcto
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Balanza de comprobación Correcto
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Obras de construcción
Sección A. Patrón de la construcción Correcto
Sección B. Personal de la construcción Correcto
Sección C. Subcontratación de obra Correcto
Comentarios a la “cédula sumaria”:
1. Acerca del contenido de la información antes relacionada, el manual del SIDEIMSS dice que si se reemplaza algún anexo, se deberá actualizar el cues-tionario de atestiguamiento, el texto de la opinión y, en su caso, la cédula (anexo) de dictamen que corresponda.
-
Las cédulas o anexos que se denominan “Clasificación de empresas” y “Obras de construcción”, no figuran en el formato que obtuve del sistema, sino que las adiciono, ya que de acuerdo con las indicaciones del SIDEIMSS (sección 8.2.2) llevan esa denominación y son parte de la información que integra el dictamen.
Cédulas o formatos obtenidos del sistema
En el sistema, a la fecha de la conclusión de esta obra me fue posible obtener las cédulas que contienen información inherente a remuneraciones, prestaciones y diferencias por dictamen, que son las siguientes:
Page 51
· En esta sección deberá indicar la información que se requiere en cada caso, correspondiente al análisis de las remuneraciones pagadas a los Trabajadores de todos los Registros Patronales y durante el ejercicio o periodo a dictaminar.
· Los montos que se registren en la columna de “Importe pagado” deberán coincidir con los registrados en la sección de Información Patronal: Remuneraciones pagadas a los Trabajadores.
· Para los conceptos “Otros ingresos por salarios” y “Otros pagos por separación” podrá reproducir las hojas que sean necesarias para la descripción detallada de los mismos.
Page 52
· En esta sección deberá ingresar la información que se requiere en cada columna, correspondiente a la totalidad de erogaciones efectuadas por el Patrón o Sujeto Obligado durante el ejercicio o periodo a dictaminar por las prestaciones que se indican.
· Los montos que se registren en la columna de “Importe pagado” deberán coincidir con los registrados en la sección de Información Patronal: Prestaciones otorgadas a los Trabajadores.
· Para el concepto “Otras prestaciones” podrá reproducir las hojas que sean necesarias para la descripción detallada del mismo.
Concepto de remuneraciones
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· En esta sección deberá indicar la información que se requiere en cada caso, correspondiente a las diferencias determinadas por el Contador Público Autorizado por todos los Registros Patronales y durante el ejercicio o periodo a dictaminar.
· El número consecutivo que se indique al inicio de esta sección, deberá ser el mismo para las demás hojas que integran este formato, ya que la información que se proporcione...
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