Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII-P-SS-260

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PRECEDENTES DE SALA SUPERIOR - PLENO
Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrati-
va, en sesión de 27 de mayo de 2015, por mayoría de 10 votos
a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Carlos Mena
Adame.- Secretaria: Lic. Rosa Guadalupe Olivares Castilla.
(Tesis aprobada en sesión de 27 de mayo de 2015)
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
VII-P-SS-260
RESGUARDO DE IDENTIDAD Y OTROS DATOS PERSO-
NALES. POR MANDATO CONSTITUCIONAL, ES PRO-
CEDENTE QUE EN LAS SENTENCIAS EMITIDAS EN EL
JUICIO CONTENCIOSO TRAMITADO ANTE EL TRIBUNAL
FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, SE
OMITA EL NOMBRE DE QUIEN SE CONSIDERE OFENDI-
DO.- En el artículo 20, Apartado C, fracción V, de la Constitu-
ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, se encuentra
la garantía del derecho humano del ofendido, de resguardar
su identidad y otros datos personales, cuando, entre otros
casos, se trate de menores de edad y cuando a juicio del
juzgador sea necesario para su protección. Por tanto, no
obstante que el precepto constitucional instituye la obligación
del Juez del proceso penal de resguardar la identidad y datos
personales de las víctimas, añadió la posibilidad de que se
preservaran también respecto de los ofendidos de otros ilí-
citos cuando a juicio del juez fuere necesario; lo que implica
que la protección que el Constituyente Permanente otorgó
es amplia y, por ende, ese principio alcanza a los del orden
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
administrativo; razón por la que en las sentencias emitidas
en el juicio contencioso tramitado ante el Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa es procedente omitir el nombre
de quien se considere ofendido.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 13/4181-16-01-01-
01-OT/1784/14-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala
Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrati-
va, en sesión de 27 de mayo de 2015, por mayoría de 10 votos
a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Carlos Mena
Adame.- Secretaria: Lic. Rosa Guadalupe Olivares Castilla.
(Tesis aprobada en sesión de 27 de mayo de 2015)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
CUARTO.- [...]
Es oportuno resaltar, que en el caso se advierte el
nombre de la persona que aparece en la nota periodística
que se sanciona, de la cual se dice es una menor de edad,
razón por la que este Pleno Jurisdiccional omite la cita
de sus datos personales a efecto de proteger la garan-
tía del derecho humano como ofendida, de resguardar
su identidad, conforme lo establecido en el artículo 20,
Apartado C, fracción V, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que al respecto prevé:
[N.E. Se omite transcripc ión]

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