Consideraciones finales

Páginas272-278
CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL ADELANTO DE LAS MUJERES Y LA EQUIDAD DE GÉNERO272
Consideraciones nales
Respecto a la importancia de contar con la adecuada y oportuna infor-
mación sobre las acciones de los programas, se señala que las depen-
dencias y entidades de la APF con recursos etiquetados para la igualdad
entre mujeres y hombres se encuentran facultadas, de acuerdo al ar-
tículo 24 del Decreto de PEF 2015, a realizar de manera trimestral el
reporte de sus acciones y resultados ante la SHCP,
Las dependencias y entidades que tengan a su cargo progra-
mas para mujeres y la igualdad de género, así como las entida-
des federativas y municipios que reciban recursos etiquetados
incluidos en el Anexo 13 de este Decreto, deberán suscribir los
convenios respectivos, durante el primer trimestre, así como
informar sobre los resultados de los mismos, los publicarán
y difundirán para darlos a conocer a la población e informar-
le, en las lenguas nacionales reconocidas por la Ley General
de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas existentes
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acceder a ellos, en los términos de la normativa aplicable (…)
Las dependencias y entidades responsables de la coordinación
de los programas contenidos en el Anexo 13 del presente De-
creto informarán trimestralmente a través del sistema de in-
formación desarrollado por la Secretaría, y en el Sistema de
Evaluación de Desempeño en los términos y plazos estableci-
dos en las disposiciones respectivas (…) (Decreto de PEF 2015
publicado en el DOF el 3 de diciembre de 2014).
Resulta importante destacar que el reporte sobre el ejercicio pre-
supuestal de los programas con GEMIG, ha presentado inconsistencias
en la información proporcionada por algunas Unidades Responsables

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