Conservación de derechos ante el IMSS

AutorJavier Eli Domínguez Hernández
CargoMaestro en Impuestos, licenciado en Derecho y en Contaduría certificado, director general del Corporativo DH Consultores Fiscales y Contables
Páginas11-14
1. Javier Eli Domínguez Hernández, maestro en Impuestos, licenciado en Derecho y en Contaduría certificado, director general del Corporativo DH
Consultores Fiscales y Contables, catedrático a nivel maestría en el Instituto de Especialización para Ejecutivos, y catedrático en el área fiscal a
nivel licenciatura en diversas universidades.
Conservación de
derechos ante el IMSS
ØJAVIER ELI DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ1
Las circunstancias actuales a nivel mundial provocadas
por el coronavirus SARS-CoV-2 (Covid-19) han verifica-
do efectos importantes en diversos sectores, en espe-
cífico en el sector laboral, que se ha visto afectado en
muy diversos aspectos.
Estas diferentes incidencias en materia laboral tienen
sin embargo, un efecto directo en la seguridad social,
pues toda relación laboral implica seguridad social.
Cabe recordar que la seguridad social tiene por objetivo:
(…) garantizar el derecho a la salud, la asistencia
médica, la protección de los medios de subsis-
tencia y los servicios sociales necesarios para el
bienestar individual y colectivo, así como el otor-
gamiento de una pensión que, en su caso y pre-
vio cumplimiento de los requisitos legales, será
garantizada por el Estado.2
4. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
5. Guarderías y prestaciones sociales.
La materia de seguridad social sujeta al régimen obliga-
torio comprende cinco ramos:
1. Riesgos de trabajo.
2. Enfermedades y maternidad.
3. Invalidez y vida.
Estos seguros aplican a los sujetos de aseguramiento
señalados en el artículo 12 de la LSS; asimismo, de
acuerdo con los artículos 20 y 21 de la LFT, quienes
presten en forma permanente o eventual un servicio
remunerado y subordinado serán sujetos de asegura-
miento obligatorio.
Por tanto, mientras esté vigente la relación laboral serán
sujetos de aseguramiento obligatorio y el trabajador en
su carácter de derechohabiente, previo cumplimiento
de los requisitos específicos por ley y sus reglamentos,
podrá acceder a las prestaciones ya sea en especie o
en dinero que cada uno de los ramos considera.
Colaboraciones
SEGURIDAD
SOCIAL
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C11
1a. quincena
noviembre 2020
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