Condominio

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas61-61

Page 61

(Del lat. mediev. condominium) . m. Der. Dominio de una cosa en común por dos o más personas. Real Academia Española.

Comentario. En materia fiscal, es una expresión que se utiliza para referirse a que soy dueño de una parte del edificio o del terreno, y que independientemente de la forma de propiedad, si este bien produce algún ingreso, será objeto de las diferentes leyes fiscales CONDOMINO. Cada uno de los dueños en común de una propiedad mueble o inmueble. www.hipotec.as.com.

Comentario. La referencia que existe para efectos de ISR se encuentra contemplada en el art. 167 fracción XIII, mismo que se refiere al Capítulo IX del Título IV de la Ley del ISR De los Demás Ingresos que Obtengan las Personas Físicas y específicamente dice "las cantidades que correspondan al contribuyente en su carácter de condómino o fideicomisario de un bien inmueble destinado a hospedaje, otorgado en...

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