De los concursos especiales

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas65-70
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EL JUEZ ESPERARA A QUE SE RESUELVAN LAS IMPUGNACIO-
NES PENDIENTES PARA DECLARAR LA TERMINACION DEL
CONCURSO MERCANTIL
ARTICULO 233. Si, en el momento en que debiera terminarse el
concurso mercantil, hubiese aún créditos pendientes de reconoci-
miento por haber sido impugnada la sentencia que los reconoció,
el juez esperará para declarar la terminación del concurso mercantil
hasta que se resuelva la impugnación correspondiente.
EL JUEZ DECIDIRA EL DESTINO DE LOS BIENES QUE CARECEN
DE VALOR ECONOMICO O ES INFERIOR A LAS CARGAS
ARTICULO 234. Se considerará que se han realizado todos los
bienes del activo, aun cuando quede parte de éste, si el síndico de-
muestra al juez que carecen de valor económico, o si el valor que
tienen resultare inferior a las cargas que pesan sobre ellos o a los
gastos necesarios para su enajenación.
En estos casos el juez, oyendo a los interventores conforme al
procedimiento establecido en el artículo 76 de esta Ley, decidirá so-
bre el destino que se dará a estos bienes.
LOS ACREEDORES QUE NO RECIBIERON SU PAGO INTEGRO
CONSERVARAN SUS DERECHOS Y ACCIONES
ARTICULO 235. Concluido el concurso mercantil, los acreedores
que no hubiesen obtenido pago íntegro conservarán individualmente
sus derechos y acciones por el saldo contra el Comerciante.
ENAJENACION DE BIENES DESCUBIERTOS AL COMERCIANTE
ARTICULO 236. Concluido el concurso mercantil por la causal a
que se refieren las fracciones III y IV del artículo 262 de esta Ley, si se
descubrieren bienes del Comerciante o se le restituyeran bienes que
debieron comprenderse como parte de la Masa, se procederá a su
enajenación y distribución en los términos dispuestos en esta Ley.
TITULO OCTAVO
DE LOS CONCURSOS ESPECIALES
CAPITULO I
DE LOS CONCURSOS MERCANTILES DE COMERCIAN-
TES QUE PRESTAN SERVICIOS PUBLICOS CONCESIO-
NADOS
EL COMERCIANTE QUE PRESTE UN SERVICIO PUBLICO PO-
DRA SER DECLARADO EN CONCURSO MERCANTIL
ARTICULO 237. El Comerciante que, en virtud de un título de con-
cesión, preste un servicio público federal, estatal o municipal, podrá
ser declarado en concurso mercantil.
A QUE DISPOSICIONES SE SUJETARAN LOS CONCURSOS
MERCANTILES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO ANTERIOR
ARTICULO 238. Los concursos mercantiles a que se refiere el
artículo anterior, se sujetarán a las leyes, reglamentos, títulos de con-
cesión y demás disposiciones que regulen la concesión y el servicio
público de que se trate, aplicándose las disposiciones de esta Ley
sólo en lo que no se les oponga.
LEY CONCURSOS MERCANTILES/DEL PAGO... 233-238

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