Acuerdo General 52/2001 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Séptimo de Distrito A y Séptimo de Distrito B en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa; al reinicio de funciones del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado y sede señaladas; a la denominación, competencia,...

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2001

ACUERDO General 52/2001 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Séptimo de Distrito A y Séptimo de Distrito B en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa; al reinicio de funciones del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado y sede señaladas; a la denominación, competencia, jurisdicción territorial, fecha de inicio de funcionamiento del Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito en el Estado y residencia indicadas

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 52/2001, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSION DE FUNCIONES DE LOS JUZGADOS SEPTIMO DE DISTRITO A Y SEPTIMO DE DISTRITO B EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS, CON RESIDENCIA EN REYNOSA; AL REINICIO DE FUNCIONES DEL JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO Y SEDE SEÑALADAS; A LA DENOMINACION, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL, FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO DEL JUZGADO DECIMOSEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS, CON RESIDENCIA EN REYNOSA; ASI COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO Y RESIDENCIA INDICADAS.

CONSIDERANDO

PRIMERO

Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO

Que el artículo 17 de la Constitución Federal establece, entre otros principios, que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, por lo que para cumplir con el mandato constitucional es necesaria la creación de órganos jurisdiccionales, ya que sólo de esa manera se garantiza que la impartición de justicia sea pronta, completa, imparcial y gratuita;

CUARTO

Que la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala en sus artículos 81, fracción VI, y 144, párrafo segundo, que corresponde al Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los Juzgados de Distrito en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana;

QUINTO

Que el artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; las cuales fueron delegadas en la Comisión de Creación de Nuevos Organos mediante el Acuerdo General 40/1998, del Pleno del propio Consejo;

SEXTO

Que a fin de atender la dinámica de la sociedad actual y su demanda de acceso a la justicia, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal se ha dado a la tarea de aprobar la creación de órganos jurisdiccionales federales, y en ciertos casos el inicio de funcionamiento de los mismos ha quedado supeditado a que se tenga la infraestructura física requerida para su instalación;

SEPTIMO

Que para aprovechar los conocimientos adquiridos por los egresados de la Especialidad en Administración de Justicia en Juzgados de Distrito, Primera Generación, designados Jueces de Distrito, mediante el Acuerdo General 30/2001, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal estimó...

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