Acuerdo General 16/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Primero de Distrito A , Primero de Distrito B , Cuarto de Distrito A y Cuarto de Distrito B todos en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara; al reinicio de funciones de los Juzgados...

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2004

ACUERDO General 16/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Primero de Distrito A , Primero de Distrito B , Cuarto de Distrito A y Cuarto de Distrito B todos en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara; al reinicio de funciones de los Juzgados Primero y Cuarto de Distrito en la Materia, Estado y sede indicados; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 16/2004, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSION DE FUNCIONES DE LOS JUZGADOS PRIMERO DE DISTRITO A , PRIMERO DE DISTRITO B , CUARTO DE DISTRITO A Y CUARTO DE DISTRITO B TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA; AL REINICIO DE FUNCIONES DE LOS JUZGADOS PRIMERO Y CUARTO DE DISTRITO EN LA MATERIA, ESTADO Y SEDE INDICADOS; ASI COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA.

CONSIDERANDO

PRIMERO

Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo; de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO

El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

CUARTO

Los artículos 81, fracciones VI y XXIV, y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los juzgados de Distrito, en cada uno de los...

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