Evolución histórica, concepto y metodología de la interpretación y aplicación de la ley

AutorMaría Angélica Nava Rodríguez - Alejandro Antonio Saiz Zorrilla
Páginas25-45
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Se empezará por referir los antecedentes históricos de la interpretación de la
ley, tomando en cuenta los factores tanto externos como internos en la crea-
ción de la ciencia del derecho, para posteriormente conceptuar el término a
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niveles, luego se abordará el concepto de aplicación, la problemática resultante de la
aplicación de la ley, para enseguida hacer una revisión histórica de la aplicación del
derecho, estableciendo la distinción entre interpretación y aplicación de la ley.
En este mismo Capítulo se tratarán las dos grandes corrientes de interpretación
jurídica: Iuspositivismo y iusnaturalismo y aunado a ello las escuelas que se ubican
en una u otra tendencia; de esta manera se hará un estudio dentro de la primera
corriente de las escuelas de la exégesis, el historicismo, el utilitarismo, las jurispru-
dencias de conceptos, intereses y sociológica con sus tres variantes; y dentro del ius-
naturalismo: la jurisprudencia de valores y el tridimensionalismo jurídico; además
de otras tendencias: la escuela del derecho libre y la teoría pura del derecho.
1.1. Referentes históricos de la interpretación de la ley
La construcción de la ciencia del derecho se inicia con la aparición de diferentes
eventos históricos relacionados con ella. Esta ciencia se da en el contexto de las fuer-
zas sociales, en la expansión del poder, en el desarrollo cultural de un pueblo o en las
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También han contribuido a los avances de la ciencia del derecho los grandes eventos
sociopolíticos de la humanidad, así como la tecnología y la ciencia. En el devenir histó-
rico han tenido fuer te impacto en el desarrollo de esta ciencia los siguientes eventos:
Capítulo I
Evolución histórica, concepto y metodología
de la interpretación y aplicación de la ley
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CA P Í T U L O I. EV O L U C I Ó N H I S T Ó R I C A , C O N C E P T O Y M E T O D O L O G Í A
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tra era.
b) El descubrimiento del Cor pus Juris Civilis o Pandectas romanas y aunado a
ello la creación de la primera universidad: la de Bolonia, teniendo como base
la enseñanza de la jurisprudencia.
c) El Descubrimiento de América y con ello la creación de Las Siete partidas de
Alfonso X y la recopilación de Leyes de Indias.
d) La independencia de las trece colonias de América de la Corona inglesa, la
elaboración de la Constitución de Estados Unidos de América en 1787 y
la Constitución Federal de México en 1824.
e) La Revolución francesa, la Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano y la promulgación del Código de Napoleón.
f) Los métodos y escuelas de interpretación del derecho, la escuela de la exége-
sis y la escuela histórica del derecho.
g) Las guerras mundiales del siglo xx, el establecimiento de la Organización de
las Naciones Unidas.
h) La creación del mercado común europeo y la globalización de las economías
en los tiempos presentes; los tratados de libre comercio en el mundo contem-
poráneo.
i) Los avances tecnológicos en general, y en particular, los avances de la elec-
trónica, la medicina, las telecomunicaciones y la industria alimentaria.
j) Los problemas ecológicos mundiales originados por la creciente industrialización
de la sociedad que han disminuido la calidad de vida en los seres humanos.1
El legislador ha tomado de estos factores externos el contenido de la norma ju-
rídica y los ha adaptado a la realidad social, y el juzgador, además de explicarlos en
la aplicación de una sentencia, ha tenido necesidad de variar también los criterios
de la aplicación, de la inter pretación y de la integración de las normas jurídicas, en
concordancia con estos factores, los momentos históricos y la realidad social.
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eminentemente internos, relativos a la discusión del contenido mismo de la conducta hu-
mana relacionada con el derecho, los cuales podemos apreciar en los siguientes casos:
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moral y el derecho.
1 Cisneros Farías, Germán (2000), La Inte rpretación de la ley, México, Trillas, tercera edición,
pp. 13-14.

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