Circular que se emite en alcance a la diversa número OIC/AR/00/637/6188/ 2006, por la que se comunicó a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberían abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Farma Reaquim, S.A. de C.V., en virtud de que la Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dejó sin efectos la resolución de fecha 8 de agosto de 2006, así como la diversa sancionadora de fecha 10 de abril de 2006
Fecha de disposición | 02 Octubre 2008 |
Fecha de publicación | 02 Octubre 2008 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el ISSSTE. CIRCULAR No. OIC/UAJ/00/637/14773/2008
CIRCULAR QUE SE EMITE EN ALCANCE A LA DIVERSA NUMERO OIC/AR/00/637/6188/2006 PUBLICADA EN ESTE ORGANO DE DIFUSION, POR LA QUE SE COMUNICO A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERIAN DE ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA DENOMINADA "FARMA REAQUIM, S.A. DE C.V.", POR EL PLAZO DE TRES AÑOS NUEVE MESES, ASI COMO ECONOMICA POR LA CANTIDAD DE $72,000.00; LO ANTERIOR EN VIRTUD DE QUE EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LA PRIMERA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, A TRAVES DE SU SENTENCIA DE FECHA 7 DE MARZO DE 2008, ESTA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEJA SIN EFECTOS LA RESOLUCION DE 8 DE AGOSTO DE 2006, EMITIDA POR EL SUSCRITO EN EL EXPEDIENTE EN QUE SE ACTUA, ASI COMO LA DIVERSA SANCIONADORA DE FECHA 10 DE ABRIL DE 2006, EMITIDA POR EL ENTONCES TITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES DE ESTE ORGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, EN LA QUE SE IMPUSO LA SANCION ANTES PRECISADA.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 2, 8 y 9, primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria y; 1o., fracción IV, 5, 6, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 69 de su Reglamento y, en cumplimiento a lo ordenado en el...
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