Complemento Carta Porte

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México.
notacefp / 007 / 2021
Complemento Carta Porte
Aspectos generales
Con el propósito de cumplir el objetivo del PND 2019-2024 acerca de “no
más incrementos impositivos” y el objetivo prioritario 2 “Fortalecimiento del
sistema tributario”, del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo
2020-2024, en la Miscelánea fiscal 2022 se establecieron diversas medidas
para el mejoramiento del combate a la evasión y elusión fiscal es, de entre
ellas una de las más relevantes es el establecimiento de la obligación legal
de emitir el “complemento Carta Porte”, para el Comprobante Fiscal Digital
por Internet (CFDI) de tipo traslado
1
, el cual ampara el transporte de
mercancías y, por ende, servirá, según el SAT, para acreditar la estancia
legal y/o tenencia de dichas mercancías en el país durante su traslado,
acompañándolas con el archivo digital o la representación impresa
2
.
Al respecto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) menciona: “el uso
de este complemento permitirá contar con información para identificar el
origen y destino de las mercancías, así como aquellos puntos intermedios o
1
El SAT define alCFDI de tipo Traslado como un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado
de mercancías en territorio nacional, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.
2
El objetivo y el fundamento legal, así como la emisión del CFDI se establecen en la siguiente pá gina:
https://www.sat.gob.mx/consultas/68823/complemento -carta-porte-
Nota Informativa
21 de enero de 2022

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