De las Competencias

AutorAlejandro Gérard Bertrand/Carlos Alejandro Corona Rabía
Páginas699-705
Título Catorce
Derecho Procesal del Trabajo
Capítulo III
De las Competencias
Competencia de Tribunales de las Entidades
Federativas y Tribunales Federales
Artículo 698. Será competencia de los Tribunales de
las Entidades Federativas, conocer de los conflictos
que se susciten dentro de su jurisdicción, que no sean
de competencia Federal.
Tribunal Federal
El Tribunal Federal conocerá de los conflictos de
trabajo cuando se trate de las ramas industriales,
empresas o materias contenidas en los artículos 123,
apartado A, fracción XXXI, de la Constitución Política y
527 de esta Ley.
LFT 523 al 526 Autoridades de trabajo y servicio
social;
527 al 529 Competencia constitucional de las
autoridades de trabajo; 527 Empresas de jurisdicción
federal
Tematización:

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