Compete al TFJFA dirimir la controversia entre un patrón y el IMSS, suscitada por la baja de un trabajador en el régimen del Seguro Social. Tesis del TFJFA
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De acuerdo con el artículo 294 de la LSS, cuando los patrones y demás sujetos obligados, así como los asegurados o sus beneficiarios, consideren impugnable algún acto definitivo del IMSS, podrán recurrir en inconformidad, en la forma y los términos que establezca el reglamento, o bien proceder en los términos del artículo 295 de la misma ley.
Al respecto, el artículo 295 de la LSS estipula lo siguiente (énfasis añadido):
295. Las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que esta Ley otorga, deberán tramitarse ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones y demás sujetos obligados, se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Según se aprecia, cuando el asegurado (trabajador) o sus beneficiarios tengan algún conflicto con el IMSS, relacionado con las prestaciones que la LSS otorga en cada uno de los seguros que integran el régimen obligatorio del Seguro Social (seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como guarderías y demás prestaciones sociales), deberán tramitarse ante la JFCA; en tanto que los conflictos entre los patrones y el mismo instituto (por ejemplo, los suscitados por la baja de un trabajador en el régimen del Seguro Social, entre otros supuestos) deberán tramitarse ante el TFJFA.
En este sentido, la Sala Regional del Pacífico del TFJFA señaló en la tesis aislada VII-CASR-PA-21 que conforme a lo dispuesto por el artículo 295 de la LSS, las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el IMSS deberán tramitarse ante la JFCA; en tanto que las que se susciten entre el referido instituto y los patrones o demás sujetos obligados, se tramitarán ante el TFJFA.
La tesis es la siguiente:
BAJA DE UN TRABAJADOR EN...
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