De los comités técnicos científicos

AutorEdiciones Fiscales ISEF
Páginas18-19

Page 18

Capítulo único

ARTICULO 46. Los comités técnicos científicos que podrán apoyar a las Secretarías respecto de las solicitudes de permisos y autorizaciones, así como respecto de los avisos, se integrarán por personas con conocimiento científico o tecnológico que cuenten con experiencia en materia de evaluación, control y gestión de riesgos de OGMs, ya sea a la salud humana, al medio ambiente y la diversidad biológica o

Page 19

a la sanidad animal, vegetal y acuícola, o en biotecnología moderna aplicada a la investigación, creación y desarrollo de este tipo de organismos.

La designación de los integrantes corresponde al Titular de la Secretaría a la cual proporcionen el apoyo, o al servidor público en que éste delegue la facultad.

ARTICULO 47. Los comités a que se refiere el artículo anterior emitirán sus reglas de operación, previa validación de las Secretarías correspondientes.

ARTICULO 48. Los comités técnicos científicos deberán conducirse con estricto apego a los principios de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR