Del Comité Técnico

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas1008-1009

Page 1008

ARTÍCULO 14.

Competencia, integración y facultades del comité

El comité técnico es el órgano competente para decidir si el sustentante es apto para actuar como árbitro. En dicho comité participarán representantes de la Secretaría y de la Procuraduría, de conformidad con los lineamientos de integración, operación y funcionamiento que al efecto expida la Secretaría. El comité técnico tendrá las facultades siguientes:

I. Elaborar cuando menos cinco versiones distintas de los cuestionarios que se apliquen como examen para obtener la inscripción en la lista de árbitros, mismos que versarán sobre temas de relevancia en la materia y contendrán las preguntas suficientes para realizar una evaluación general objetiva respecto de los conocimientos del sustentante;

II. Revisar y modificar, al menos una vez al año, los...

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