Codigo Numero 541 Hacendario para el Municipio de Boca del Rio, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

CÓDIGO HACENDARIO PARA EL MUNICIPIO DE BOCA DEL RÍO, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL: 29 DE DICIEMBRE DE 2022.

Código publicado en el Alcance a la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz-Llave, el miércoles 19 de febrero de 2003.

Miguel Alemán Velazco, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, a sus habitantes sabed:

Que la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado se ha servido dirigirme el siguiente Código para su publicación:

LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ-LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN I Y 38 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; 8 FRACCIÓN I Y 47 SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO; Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE EL SIGUIENTE:

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN POR ARTÍCULOS TERCERO Y CUARTO TRANSITORIOS DEL DECRETO CONSTITUCIONAL NUMERO 547, G.O. 18 DE MARZO DE 2003)

CÓDIGO Número 541

HACENDARIO PARA EL MUNICIPIO DE BOCA DEL RÍO, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

LIBRO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 8
TÍTULO ÚNICO Artículos 1 a 8
CAPÍTULO ÚNICO Artículos 1 a 8

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO POR ARTÍCULOS TERCERO Y CUARTO TRANSITORIOS DEL DECRETO CONSTITUCIONAL NUMERO 547, G.O. 18 DE MARZO DE 2003)

Artículo 1 Las disposiciones de este Código son de orden público, interés general y observancia obligatoria en el Municipio de Boca del Río del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y tienen por objeto regular:
  1. La planeación, programación y presupuestación del gasto público;

  2. La administración financiera y tributaria de la Hacienda Municipal;

  3. Las normas que regulan las contribuciones, aprovechamientos y productos;

  4. La administración de los recursos humanos, financieros y materiales;

  5. La integración de la cuenta pública municipal;

  6. La administración y contratación de su deuda pública; y

  7. El dominio y la administración de sus bienes.

Artículo 2 Para los efectos de este Código se entenderá por:
  1. Administración Pública Municipal: El conjunto de instituciones gubernamentales que aplican políticas, normas, técnicas, sistemas y procedimientos, a través de los cuales se prestan servicios que demanda la sociedad, en cumplimiento a las atribuciones que las Constituciones Federal y Estatal confieren al Ayuntamiento;

  2. Autoridades fiscales: Aquellas a las que se refiere el artículo 14 de este Código;

  3. Ayuntamiento: El órgano de gobierno y administración, integrado por el Presidente Municipal, Síndico y Regidores, elegidos en términos de la legislación aplicable.

    En los casos en que el órgano de gobierno sea un Concejo Municipal, le serán aplicables las disposiciones de este Código referidas al Ayuntamiento.

  4. Cabildo: La forma de reunión del Ayuntamiento, donde se resuelven, de manera colegiada, los asuntos relativos al ejercicio de sus atribuciones de gobierno, políticas y administrativas;

    (REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  5. CFDI: Comprobante Fiscal Digital por Internet previsto en el Código Fiscal de la Federación y toda su normatividad relacionada;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  6. Código de Procedimientos Administrativos: El Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  7. Comisión de Hacienda: La Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del Ayuntamiento;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  8. Congreso: El Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  9. Contribuyente: Persona física o moral obligada al pago de las contribuciones municipales, al haber actualizado el supuesto previsto por las leyes fiscales;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  10. Dependencias: Los órganos de la Administración Pública Centralizada del Ayuntamiento;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  11. Entidades: Los organismos públicos descentralizados, los fideicomisos públicos municipales y las empresas de participación municipal mayoritaria, de la administración pública paramunicipal;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  12. Erario: Conjunto de recursos monetarios y medios de pago que tiene el Municipio, para el cumplimiento de sus fines;

    (REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  13. Estado de Cuenta: El documento donde se contiene el reporte de adeudos consolidado o resumido de un contribuyente con fines informativos y que no constituye instancia; mismo que puede ser enviado por mensajería ordinaria o certificada de forma indistinta, o bien generada a través de los portales electrónicos que para tal efecto implemente o contrate la tesorería;

    (REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  14. Estrados Electrónicos: Se efectuará a través del sitio oficial web del Municipio https://www.bocadelrio.gob.mx/, cuando la persona a quien deba notificarse no sea localizable en el domicilio que haya señalado ante la Autoridad Municipal correspondiente o en su caso, no haya notificado domicilio para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se ignore su domicilio o el de su representante, desaparezca o se oponga a la diligencia de notificación;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  15. Fisco: La autoridad fiscal u organismo encargado de recaudar o realizar el cobro coactivo de los ingresos del Municipio;

    (REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  16. Formato: Documento oficial solicitado por las dependencias municipales como parte de los requisitos necesarios para realizar un trámite o solicitar un servicio y que deberá ser previamente autorizado para su utilización por la Tesorería Municipal;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  17. Gaceta Oficial: El órgano informativo oficial del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  18. Gobierno del Estado: El Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  19. Ley de Catastro: La Ley de Catastro del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  20. Ley de Coordinación Fiscal: La Ley de Coordinación Fiscal en el ámbito federal;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  21. Municipio: El Municipio de Boca del Río del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  22. Oficina Ejecutora: La oficina de Ejecución Fiscal de la Tesorería o su equivalente, encargada del cobro coactivo de un crédito fiscal;

    (REFORMADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  23. Presidente: El Presidente Municipal del Ayuntamiento;

    (ADICIONADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  24. Refrendo: Es el acto por el cual el contribuyente solicita a las autoridades competentes la actualización del registro al padrón municipal de contribuyentes;

    (ADICIONADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  25. Reglas, normas o disposiciones de carácter general: Aquellas que el Cabildo apruebe y publique, de conformidad por lo establecido por este Código, para conceder derechos o imponer obligaciones a los sujetos pasivos de la relación tributaria;

    (ADICIONADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  26. Síndico: El Síndico del Ayuntamiento;

    (ADICIONADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  27. Tesorería: La Tesorería del Ayuntamiento;

    (ADICIONADA [N. DE E. REFORMADA], G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  28. Tesorero: El Titular de la Tesorería del Ayuntamiento;

    (ADICIONADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  29. UMA: La unidad de medida y actualización, que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes; y

    (ADICIONADA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2022)

  30. Unidad...

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