Código Municipal de Jesús María, Aguascalientes

Fecha de publicación24 Diciembre 2001
EstadoAguascalientes
MunicipioJesús María

CÓDIGO MUNICIPAL DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 24 DE FEBRERO DE 2014.

Código publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 24 de diciembre de 2001.

GOBIERNO DEL ESTADO

CODIGO MUNICIPAL DE JESUS MARIA, AGUASCALIENTES

LIBRO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

TITULO UNICO

DIVISION TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE JESUS MARIA

CAPITULO PRIMERO

División Territorial

ARTICULO 1o.- Las disposiciones del presente Código son de orden público e interés social y reglamentarias del Artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, los Artículos , , , 39 en sus fracciones I y II, de la Ley Orgánica Municipal del Estado; el presente Código tiene por objeto: establecer las normas generales básicas para orientar el régimen de gobierno, la organización y el funcionamiento de la administración pública; identificar autoridades y su ámbito de competencia; y se establece con estricto apego al marco jurídico general que regula la vida del país. Sus disposiciones son de observancia general y obligatoria en todo el territorio municipal.

ARTICULO 2o.- El Municipio de Jesús María, está formado por Ciudades, Villas, Poblados y Rancherías, que se ubican dentro del territorio municipal y se organizan políticamente en Delegaciones y Comisarías.

ARTICULO 3o.- El territorio del Municipio de Jesús María, cuenta con una superficie total de 493.10 kilómetros cuadrados, el cual representa el 8.9% de la superficie total del Estado de Aguascalientes, y tiene las colindancias siguientes:

Al Norte, con los Municipios de San José de Gracia, Pabellón de Arteaga, San Francisco de los Romo; al Este, con el Municipio de Aguascalientes; al Sur, con el Municipio de Aguascalientes, y al Oeste, con el Municipio de Calvillo.

(REFORMADO, P.O. 5 DE ENERO DE 2009)

ARTICULO 4o. El territorio del Municipio de Jesús María estará dividido en una Cabecera Municipal y Seis Delegaciones. La Cabecera Municipal se denominará Jesús María.

Las Delegaciones son las siguientes:

I.- San Antonio de los Horcones;

II.- Maravillas;

III.- Gral. Ignacio Zaragoza o Venadero;

IV.- J. Gómez Portugal o Margaritas;

V.- Valladolid; y

VI.- Paseo de "Las Arboledas", que contará con la siguiente jurisdicción: Al Norte, con Río Chicalote; Al Oriente, con la Carretera Federal Número 45 Norte, y bordeando todo el límite del Municipio; Al Sur, con límite del Municipio; y Al Oriente, con Calle Prolongación Zaragoza y su proyecto de continuación, hasta cerrar el polígono en la intersección con el Río Chicalote.

Las localidades pertenecientes al municipio de Jesús María, son las siguientes: "Agua Amarilla"; "El Alto o La Concepción"; "Las Amarillas"; "Los Arenales"; "Los Arquitos"; "Arroyo Hondo" o "La Salve"; "Bajío de las Liebres"; "El Aurero"; "Los Gavilanes"; "Avícola El Llano"; "La Barranca"; "Boca del Coyote"; "La Boquilla"; "Las Bóvedas"; "Brownsville"; "Buena Vista"; "El Canutillo"; "Canteritas"; "Cañada del Rodeo"; "La Cañada"; "El Capricho"; "Cavas de Fontenac"; "Cavas de Montoro"; "El Cenizo"; "El Centro"; "Cieneguitas"; "Las Claras"; "Club Hípico San Marcos"; "Colonia Nueva"; "Colonia La Providencia"; "Margaritas"; "El Colorín"; "El Conejo" o "Puerta El Llano”; “El Cordero”; “Corral Colorado”; “Corral de Barrancos”; “El Cortijo”; “Crucero Gracias Dios"; "Las Cruces"; "Los Cuartos"; "El Chacho" o "Las Cruces"; "La Chaveña"; "El Chavenal"; "Chichihuas"; "El Chichimeco"; "Ejido El Aurero"; "La Esperanza" o "La Máquina"; "La Florida"; "La Forestal"; "Los Gavilanes"; "El Gemelo"; "General Ignacio Zaragoza" o "Venadero"; "Gracias a Dios"; "Granja Albamex"; "Granja Aparicio"; "Granja Las Bugambilias"; "Granja Camino Real"; "Granja Chispiritos"; "Granja Elizondo"; "Granja Estelita"; "Granja El Refugio"; "Granja El Refugio de los Arquitos"; "Granja El Sol"; "Granja Imelda"; "Granja Lizzy."; "Granja Ma. Eugenia"; "Miravalle"; "Granja Pikita"; "Granja Santa Elena"; "Granja Troncales"; "La Granjita"; "Hípico Valladolid"; "Hípico Villa Asunción"; "Las Isabeles"; "La Isla" o "San Francisco"; "Las Jaulas"; "Jesús Gómez Portugal" o "Margaritas"; "Jesús María"; "El Jilotito"; "La Ladrillera"; "Loma Bonita"; "La Loma de Maravillas"; "La Loma de Valladolid"; "La Loma"; "Lomas de Vergeles"; "La Lomita de Paso Blanco" o "Las Canoas"; "El Llano"; "El Llano" o "San Isidro"; "El Maguey"; "La Malobra"; "Maravillas"; "Mesa de las Carretas" o "Un Nuevo Amanecer"; "La Mesa del Contadero" o "El Contadero"; "Milpillas de Arriba"; "La Miniatura"; "Los Muñoz"; "Paso Blanco"; "Las Palomas"; "El Perjuicio"; "Rancho Piedrafita"; "Piedras Negras"; "La Pileta"; "Las Polleras"; "Los Ponce"; "El Potrero"; "La Posta"; "Pocitos"; "Potrero del Espejo" ("San Isidro"); "Presa Abelardo Rodríguez"; "Presa de Huijolotes"; "La Presita"; "La Primavera"; "La Providencia" o "La Loma"; "Puente de Villalpando" o "El Puente"; "La Puerta del Chaveña"; "Puerta del Llano" o "San Isidro"; "La Puerta del Sol"; "Quinta La Chiquis"; "Quinta Sofía" o "La Matutina"; "La Quinta"; "Quinta Sonia Leticia"; "Los Ramírez"; "Rancho Casa Blanca"; "Rancho El Castillo"; "Rancho El Feo"; "Rancho El Lucero": "Rancho La Laguna"; "Rancho La Primavera"; “Rancho Los Campos"; "Rancho Los Martínez" o "Rancho Maria Antonieta"; "Rancho Maria Teresa"; "Rancho Seco"; "Rancho Yaya"; "El Rastro"; "El Refugio"; "El Retiro"; "Rila"; "La Rinconada"; "El Rinconcito Lejano"; "El Rosario"; "San Antonio de los Horcones"; "San Cristóbal"; "San Guillermo" o "Rancho Viejo"; "San Isidro"; "San Lorenzo"; "San Isidro de Los Muñoz" o "San Isidro"; "San Jacobo"; "San Juan de Dios"; "San Miguel de Díaz"; "San Nicolás" o "Las Huertas"; "Santa Elena"; "Santa Fe"; "Los Sauces"; "Sector Dos Los Cuartos"; "Sector Nueve Santa Elena"; "Sector Seis La Providencia"; "Sector Diez Las Liebres"; "Sector Siete San Isidro"; "Sector Uno Las Ladrilleras"; "Sector Uno Benigno Chávez"; "Sector Venustiano Carranza"; "La Soledad"; "Tapias Viejas"; "Tepetates"; "La Tomatina"; "Las Tranquitas"; "Unión de Ladrilleros"; "Valladolid"; "El Varal"; "Los Vázquez"; "Venaderito"; "La Ventana"; "Villas de Guadalupe"; "Fraccionamiento Villas de Monteclaro"; "Viñedos Coral"; "Viñedos Don Trini" o "Jaltipa"; "Viñedos Eva" o "Fraccionamiento Paso Blanco"; "Viñedos Frutilandia"; ''Viñedos Rios" o "Granja Chispiritos"; "Don Trini"; ''Viñedos Ríos" o "Viñedos Silvia"; "Vista Hermosa"; "Viznaga"; "El Zapote"; "Sector Tres Benito Juárez"; "La Soledad"; "El Tepetate"; "El Varal"; "Los Vázquez"; "La Ventana"; "Rancho El Vergel"; "Viñedos Elizondo"; "Potrero de Las Escobas"; "El Chaveño"; "El Chacho" (de Ags. ó Jesús María); "La Escondida"; "Santa Elena" (aparece como localidad sin nombre): "Sartenejo"; "Viñedos Ríos" o "Viñedos El Panal"; "El Llano" ("San Isidro"); "La Soledad"; "Milpillas de Abajo"; "La Soledad" (por donde está "Gracias a Dios"); "La Soledad" (Poniente de "Margaritas"); "La Soledad" (Carretera 45); "Potrero del Espejo" ("San Isidro"); "La Loma"; "San Isidro" y "El Llano" ("San Isidro").

CAPITULO SEGUNDO

Nombre y Escudo

ARTICULO 5o.- El nombre y el Escudo del Municipio son el signo de identidad y símbolo representativo del Municipio, respectivamente. El Municipio conserva su nombre actual de «Jesús María» el cual no podrá ser cambiado, sino por acuerdo unánime del Ayuntamiento y con la aprobación de la Legislatura del Estado.

ARTICULO 6o.- La descripción del escudo del Municipio de Jesús María, las figuras representadas en los diferentes cuadros, son la Tradición, Industria, Ganadería y Agricultura:

1. Tradición: El cuadrante superior izquierdo representa el vestuario tradicional de los hombres que acompañaron a Santo Santiago.

2. Religión: El cuadrante superior derecho representa en sí la religión por medio de la corona de Jesucristo y el estandarte del Santo Santiago, que representa las festividades que se celebran en esta ciudad.

3. Ganadería: En el círculo central la figura representa la actividad ganadera de la región.

4. Industria: En el cuadrante inferior izquierdo la figura representa la actividad económica industrial de la región.

5. Agricultura: En el cuadrante inferior derecho la figura representa la principal actividad agrícola de la región.

ARTICULO 7o.- El escudo del Municipio será utilizado exclusivamente por los órganos del Ayuntamiento, debiéndose exhibir en forma ostensible en las oficinas y documentos oficiales, así como en los bienes que integran el patrimonio municipal. Cualquier uso que quiera dársele, deberá ser autorizado previamente por el Ayuntamiento. Quien contravenga esta disposición se hará acreedor a las sanciones establecidas en este Código, sin perjuicio de las penas señaladas en la ley respectiva. Queda estrictamente prohibido el uso del escudo del Municipio para...

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