Codigo Municipal de Cosio, Aguascalientes

CÓDIGO MUNICIPAL DE COSÍO, AGS.

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 11 DE ABRIL DE 2022.

Código publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 19 de marzo de 2007.

ING. LAMBERTO ADAME OCON, Presidente Municipal Constitucional legalmente instalado para el periodo 2005-2007, (sic) ejercicio de las facultades que me confiere el Artículo 38 fracción I de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Cosío, Ags., hago saber:

Que el Ayuntamiento de Cosío, Ags., en la primera sesión Ordinaria celebrada el día martes 2 del 2007 en las instalaciones de la sala de Cabildo de la Presidencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Artículo 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y los Artículos 36 fracción I, 89, 90, 91, 92, 93 y 94 de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, ha tenido a bien expedir el siguiente:

CODIGO MUNICIPAL DE COSÍO, AGS.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

[...]

CODIGO MUNICIPAL DE COSÍO, AGS.

LIBRO PRIMERO Artículos 1 a 21

REGIMEN MUNICIPAL

TITULO PRIMERO Artículos 1 a 16

ASPECTOS PRELIMINARES DEL MUNICIPIO

CAPITULO I Artículos 1 a 4

Fundamento Legal y Objeto

ARTICULO 1° El presente Código Municipal de Cosío, Ags., tiene su fundamento en el Artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Artículo 68 de la Constitución del Estado de Aguascalientes, en los Artículos 89, 90, 91, 92 93 Y 94 de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes.
ARTICULO 2° El presente Código es de orden público y de interés social y tiene por objeto:
  1. Establecer las normas generales básicas para lograr una mejor organización territorial;

  2. Orientar las políticas de la administración pública del Municipio de Cosío para una gestión eficiente del desarrollo político, económico, social y cultural de sus habitantes;

  3. Establecer las bases para una delimitación clara y eficiente del ámbito de competencia de las autoridades municipales, que facilite las relaciones sociales en un marco de seguridad jurídica.

ARTICULO 3° El presente Código es de observancia general y tiene obligatoriedad en el territorio del Municipio de Cosío

Las infracciones a este Cuerpo Jurídico, así como a los demás Reglamentos de observancia municipal serán sancionadas conforme a las disposiciones aplicables.

ARTICULO 4° La aplicación del presente Código corresponde directamente al H

Ayuntamiento, por conducto del Presidente Municipal.

CAPITULO II Artículos 5 a 7

Del Municipio

ARTICULO 5° El Municipio de Cosío se rige por lo previsto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados unidos (sic) Mexicanos, por lo dispuesto en la Constitución del Estado de Aguascalientes, en la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, en este Código, demás Reglamentos de observancia municipal, Circulares y demás disposiciones de observancia general que emita el H

Ayuntamiento dentro del ámbito de su competencia.

ARTICULO 6° El Municipio de Cosío, es parte integrante de la división territorial, de la organización política y administrativa del Estado de Aguascalientes; siendo una persona moral de derecho público investida de personalidad jurídica y patrimonio propios, con capacidad política y administrativa para la consecución de sus fines.

El municipio goza de autonomía en lo concerniente a su régimen interior, contando con territorio, población y gobierno propios; está gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, no existiendo autoridad intermedia entre este y el Gobierno del Estado de Aguascalientes.

ARTICULO 7° Las autoridades municipales tienen competencia plena sobre el territorio de Cosío y podrán decidir sobre su organización política, administrativa y sobre la prestación de los servicios públicos municipales, debiéndose ajustar para tal efecto a lo dispuesto por la Constitución Política Federal, la particular del Estado y demás leyes federales y estatales aplicables.
CAPITULO III Artículos 8 y 9

De los Fines del Municipio

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2010)

ARTICULO 8° El fin esencial del Municipio es lograr el bienestar de las mujeres y los hombres, por lo tanto, sus autoridades se deben de sujetar a los siguientes mandatos:

(REFORMADA, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2010)

  1. Preservar la dignidad de las mujeres y los hombres y, en consecuencia, las garantías individuales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  2. Salvaguardar y garantizar la integridad territorial del Municipio;

  3. Garantizar la seguridad jurídica, con la observancia del marco normativo que rige al Municipio. Para tal efecto, deberá de aplicar las leyes de conformidad con el marco normativo del sistema jurídico mexicano, dentro del ámbito de su competencia;

  4. Revisar y actualizar la reglamentación municipal, de acuerdo con las necesidades de la realidad social, económica y social (sic);

  5. Satisfacer las necesidades colectivas de los vecinos y habitantes del municipio, mediante la adecuada prestación de los servicios públicos que le correspondan;

  6. Promover y organizar la participación ciudadana, e incluir los resultados de la misma en el diseño, ejecución, instrumentación y evaluación de los planes y programas municipales;

  7. Promover el adecuado y ordenado desarrollo urbano de todos los centros de población del...

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