Código Fiscal de la Federación. VIII-P-1aS-878

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Revista Núm. 1, Enero 2022 275
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-1aS-878
ACTA DE ACEPTACIÓN DE LA OBLIGACIÓN SOLIDARIA
ASUMIDA POR UN TERCERO. AL FORMAR PARTE DE
LAS ACTUACIONES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRA-
TIVO DE EJECUCIÓN, PUEDE SER CONTROVERTIDA EN
JUICIO AUN CUANDO NO SE HAYA SEÑALADO COMO
ACTO IMPUGNADO.- El artículo 145 del Código Fiscal de
la Federación establece que las autoridades scales exi-
girán el pago de los créditos scales que no hubieren sido
cubiertos o garantizados dentro de los plazos señalados
por la ley, mediante el procedimiento administrativo de
ejecución, para lo cual requerirán de pago al contribu-
yente deudor, se noticará el mandamiento de ejecución
para posteriormente, proceder al embargo precautorio
sobre los bienes o la negociación del contribuyente para
asegurar el interés scal, levantando acta circunstanciada
que precise las razones de su proceder. Asimismo, dispo-
ne que en caso que el particular no garantice el interés
scal en términos del artículo 141 del Código Fiscal de la
Federación, se procederá al remate del bien embargado.
Por otra parte, del artículo 3 fracción V, de la Ley Orgánica
del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación
con el diverso 127 del Código Fiscal de la Federación, se
colige que el juicio contencioso administrativo puede
promoverse en contra del procedimiento administrativo
de ejecución hasta el momento de la publicación de la
convocatoria de remate, pudiendo hacer valer todas las
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276Tribunal Federal de Justicia Administrativa
violaciones cometidas hasta el remate. En consecuencia,
si la emisión del acta de aceptación de la obligación so-
lidaria asumida por un tercero corresponde a una de las
actuaciones en el procedimiento administrativo de eje-
cución, la demandante se encuentra en posibilidad de
controvertirla, aun cuando no se haya señalado como un
acto impugnado.
Juicio Contencioso Administrativo de Lesividad Núm.
15/1889-24-01-03-09-OL/16/3-S1-05-30.- Resuelto por
la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Fede-
ral de Justicia Administrativa, en sesión de 17 de agosto
de 2021, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistra-
da Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic.
Alejandra Padilla Uribe.- Secretaria encargada del engro-
se: Lic. Lilia López García.
(Tesis aprobada en sesión de 16 de noviembre de 2021)
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
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OBLIGACIÓN SOLIDARIA ASUMIDA POR UN TERCERO.
DEBE ACREDITARSE LA IDONEIDAD Y SOLVENCIA ECO-
NÓMICA DEL MISMO PARA TENERLA POR LEGALMENTE
CONSTITUIDA COMO GARANTÍA DEL INTERÉS FISCAL.-
El artículo 141 fracción IV, del Código Fiscal de la Federa-
ción dispone que los contribuyentes podrán garantizar el
interés scal, cuando se actualice alguno de los supues-
tos previstos en los artículos 74 y 142 de citado Código,

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