Código Fiscal de la Federación. VIII-P-SS-513

Páginas268-290
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO 268
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-SS-513
CAUSALES DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIEN-
TO PLANTEADAS EN ALEGATOS. SON SUSCEPTI-
BLES DE ESTUDIO SIEMPRE QUE SE RESPETE EL
DERECHO DE CONTRADICCIÓN DE LA PARTE ACTO-
RA.- De conformidad con lo previsto en el artículo 8°, último
párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, la procedencia del juicio será examinada
aun de ocio, de lo que se colige que el análisis de las cues-
tiones planteadas en alegatos relacionadas con la improce-
dencia y sobreseimiento del juicio resulta obligatorio, al ser
la procedencia una cuestión de orden público que incluso
debe ser analizada de ocio, cuanto más si las partes la
proponen, supuesto en el cual, deberá respetarse el dere-
cho de contradicción de la parte actora, por lo que en caso
de acompañarse a los alegatos prueba superveniente como
soporte de la causal hecha valer deberá corrérsele traslado
de la misma, con fundamento en el artículo 40, tercer pá-
rrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo, a n de que en un plazo de cinco días se pro-
nuncie en relación a la admisibilidad o no de la documental
superveniente y esté en posibilidad de objetar su contenido,
valor y alcance probatorio; asimismo, de conformidad con
lo previsto en el artículo 17, fracción IV, de la Ley Federal
de Procedimiento Contencioso Administrativo, aplicado por
equidad procesal, deberá concederse plazo de diez días
hábiles a la parte actora, contados a partir del día siguiente
a aquel en que surta efectos la noticación del proveído por
REVISTA NÚM. 50, ENERO 2021
PRECEDENTE 269
el cual se comunique la causal hecha valer en alegatos,
para que formule su ampliación de demanda respecto de
los aspectos novedosos introducidos en los alegatos como
sustento de la causal de improcedencia y sobreseimiento
hecha valer, pudiendo formular conceptos de invalidez y
ofrecer pruebas para impugnar las cuestiones novedosas.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4507/19-07-01-9/
368/20-PL-09-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Adminis-
trativa, en sesión realizada a distancia el 4 de noviembre
de 2020, por unanimidad de 10 votos a favor.- Magistrado
Ponente: Alfredo Salgado Loyo.- Secretario: Lic. Carlos Au-
gusto Vidal Ramírez.
(Tesis aprobada en sesión a distancia de 13 de enero de
2021)
C O N S I D E R A N D O :
[…]
SEGUNDO.- […]
Dicho lo anterior, este Pleno Jurisdiccional de la Sala
Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa ob-
serva que en la etapa postulatoria y probatoria del pre-
sente juicio, se incurrió en una primera irregularidad en
el periodo de admisión y/o desechamiento de pruebas
supervenientes de la autoridad demandada.

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