Código Fiscal de la Federación. VII-TASR-2NCII-5

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Federación, claramente se advierte, que es facultad de la autoridad fiscalizadora
para la comprobación de los ingresos, del valor de los actos, actividades o acti-
vos por los que se deban pagar contribuciones, así como de la actualización de
las hipótesis para la aplicación de las tasas establecidas en las disposiciones fisca-
les, las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario, en el caso, lo
previsto en la fracción III, que prevé, que los depósitos en la cuenta bancaria del
contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad que esté obli-
gado a llevar, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben
pagar contribuciones, situación que en concordancia con el diverso artículo 108
de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en el ejercicio fiscal 2007, se
desprende que, entratándose de una sociedad conyugal, ambos cónyuges están
obligados entre sí. De lo anterior, se llega a la conclusión de que en efecto, la
autoridad fiscalizadora se encontró facultada para verificar si los depósitos ban-
carios detectados en las cuentas bancarias del cónyuge del contribuyente visita-
do, correspondían a actos o actividades gravados al 15%, respecto al 50% de
los montos, al corresponder a la sociedad conyugal.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4481/10-05-02-8.- Resuelto por la Se-
gunda Sala Regional del Norte-Centro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 1 de diciembre de 2011, por unanimidad de votos.- Magistra-
do Instructor: Luis Moisés García Hernández.- Secretaria: Lic. Sofía Yesenia
Hamze Sabag.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-TASR-2NCII-5
VISITA DOMICILIARIA. LA FACULTAD DEL VISITADOR EN TÉR-
MINOS DEL ARTÍCULO 45 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERA-
CIÓN PARA OBTENER COPIA PARCIAL DE LA CONTABILIDAD,
ESTÁ CONDICIONADA A QUE SE CUMPLAN LOS SUPUESTOS PRE-
VISTOS EN LA PROPIA NORMA.- El tercer párrafo del mencionado artí-
culo 45, limita la posibilidad de obtener copia parcial de la contabilidad y demás
papeles del visitado, a los supuestos referidos en sus nueve fracciones, lo que no

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