Código Fiscal de la Federación. VII-TASR-NOII-4

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALA REGIONAL DEL NOROESTE II
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-TASR-NOII-4
AVALÚO DE BIENES INMUEBLES.- LA AUTORIDAD DEBE ACRE-
DITAR QUE LA PERSONA DESIGNADA PARA REALIZARLO,
CUENTA CON CÉDULA PROFESIONAL DE VALUADOR EXPEDI-
DA POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, Y QUE OB-
TUVO SU REGISTRO ANTE EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA.- El artículo 175, primer párrafo, del Código Fiscal de la Fede-
ración, prevé que tratándose de bienes inmuebles embargados, la base para su
enajenación será el avalúo, conforme a las reglas que establezca su Reglamento,
motivo por el cual, cuando la autoridad fiscal designa a una persona física para
que lleve a cabo el avalúo, debe considerar lo que al efecto establece el artículo 3,
del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, que dispone, que los avalúos
que se practiquen para efectos fiscales al llevarse a cabo por: a) Las autoridades
fiscales; b) Instituciones de crédito; c) Instituto de Administración y Avalúos de
Bienes Nacionales; d) Por corredor público; e) Empresas dedicadas a la com-
praventa o subasta de bienes, o; f) Persona que cuente con cédula profesional de
valuador expedida por la Secretaría de Educación Pública y que obtengan su
registro ante el Servicio de Administración Tributaria, conforme a las reglas de
carácter general que emita para tal efecto. En esta medida, cuando la autoridad
designe a una persona física como perito valuador de un bien inmueble, debe
dejar constancia y acreditar que tal dictaminador haya cubierto tales requisitos
reglamentarios, esto es, que cuente con cédula profesional de valuador expedida
por la Secretaría de Educación Pública y que obtuvo su registro ante el Servicio
de Administración Tributaria, pues de no ser así, su actuación vulnera en perjuicio
del contribuyente lo dispuesto por el artículo 38, fracción IV, del Código Fiscal
de la Federación, que exige que los actos de autoridad deben estar debidamente
fundados y motivados.

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