Código Fiscal de la Federación. VII-CASR-GO-37

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CRITERIOS AISLADOS DE LA SALA REGIONAL DEL GOLFO
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-CASR-GO-37
VISITA DOMICILIARIA. NO ES NECESARIO ENTREGAR
A LOS CONTRIBUYENTES VISITADOS LOS ORIGINALES
DE LAS ACTAS QUE SE LEVANTEN CON MOTIVO DE
ESTA.- Del artículo 46, fracciones VI y VII del Código Fiscal
de la Federación se desprende que, el acta nal de visita se
levantará ante quien estuviere presente en el lugar visitado
y en ese momento cualquiera de los visitadores que haya
intervenido en la visita, el visitado o la persona con quien
se entiende la diligencia y los testigos rmarán el acta de la
que se dejará copia al visitado. Además, las actas parciales
forman parte integrante del acta nal de la visita aunque no
se señale así expresamente. En tal virtud, es su ciente que
los visitadores entreguen copia de las diversas actas levan-
tadas en el procedimiento de scalización a la persona con
la que se entienden las mismas, para considerar colmados
los requisitos previstos en el artículo 46 del Código Fiscal de
la Federación, en virtud de que no existe precepto legal que
prevea la obligación de los veri cadores de entregar a los
contribuyentes el original de las actas levantadas con motivo
de la visita.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 14/12381-13-01-03-
03-OT.- Resuelto por la Sala Regional del Golfo del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 2 de junio de
2015, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Raúl
Guillermo García Apodaca.- Secretario: Lic. Aldo Jesús Mar-
tínez Torres.

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