Código Fiscal de la Federación. VII-P-2aS-943

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-P-2aS-943
VIOLACIÓN SUBSTANCIAL. PARA NO INCURRIR EN
ELLA, EL MAGISTRADO INSTRUCTOR DEBE REQUE-
RIR LOS DOCUMENTOS QUE SIENDO OFRECIDOS EN
EL ESCRITO DE DEMANDA NO SON EXHIBIDOS, INDE-
PENDIENTEMENTE DE QUE SE HAYAN OFRECIDO EN
UN CAPÍTULO DIVERSO AL DE PRUEBAS.- El Juzgador
a n de evitar violaciones substanciales en el procedimiento
que entorpezcan la impartición pronta y completa de la jus-
ticia consagrada por el artículo 17 de la Carta Magna, debe
considerar que el escrito de demanda constituye un todo
jurídico y por ende, apreciarlo en su conjunto, sin sujetarse
a rigorismos, de ahí que aun cuando en aquellos casos en
que el actor del juicio contencioso administrativo en su escrito
de demanda ofrezca algunas pruebas pero omita anexarlas
a dicho escrito, el Magistrado Instructor deberá requerir al
promovente en los términos establecidos por la fracción VII
y penúltimo párrafo del Código Fiscal de la Federación, a n
de que las exhiba en juicio, no obstante que las mismas no
hubieren sido expresadas en el capítulo correspondiente de
la demanda, pues basta que las mismas se hayan ofrecido
en cualquier parte de ésta, para requerir su exhibición cuando
no se hayan presentado con el libelo de cuenta.

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