Código Fiscal de la Federación. VII-CASR-CEI-13

Páginas297-299
297
CRITERIOS AISLADOS DE LA SALA REGIONAL DEL CENTRO I
los preceptos legales antes descritos, se debe cumplir con
los requisitos legales en comento. Por lo tanto en términos
de lo establecido en los artículos 42 de la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo en relación con
los artículos 81 y 82 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, procede reconocer la legalidad de la declaración de
improcedencia que hizo la autoridad del derecho a la indem-
nización por expropiación.
Cumplimiento de Ejecutoria Núm. 14/15455-08-01-02-05-
OT.- Resuelto por la Sala Regional del Centro I del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 25 de mayo
de 2015, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora:
María Guadalupe Pillado Pizo.- Secretaria: Lic. Norma Alicia
Leyva Contreras.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-CASR-CEI-13
APLICACIÓN DEL PRINCIPIO PRO PERSONA, RESPECTO
AL ACREDITAMIENTO DE LA PERSONALIDAD CON BASE
EN LA DOCUMENTACIÓN QUE TIENE LA AUTORIDAD EN
EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DEL CONTRIBUYEN-
TE.- Al reconocer expresamente la fracción I del artículo 123
y el artículo 63 del Código Fiscal de la Federación, que la
personalidad legal de los contribuyentes se deberá reconocer
si se encuentra acreditada en otros expedientes a los cuales
tenga acceso la autoridad, no obstante que el promovente en
términos de los artículos 19 y 123 primer párrafo fracción I y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR