Código Fiscal de la Federación. Jurisprudencia Núm. VIII-J-SS-148

Páginas10-11
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO 10
JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-SS-148
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
ALEGATOS.- NO ES EL MEDIO LEGAL PARA COMBA-
TIR LA INCOMPETENCIA DE QUIEN CONTESTA LA DE-
MANDA.- Si la actora en sus alegatos controvierte la con-
testación de demanda, bajo el argumento de que quien lo
hace es incompetente para haberla formulado, dicho argu-
mento resulta ser inoperante, en virtud de que el escrito que
contiene los alegatos, no es el medio idóneo para impugnar
una contestación de demanda, ya que contra el auto admi-
sorio de la contestación a la demanda, se debe interponer
el recurso de reclamación en términos de lo dispuesto por el
artículo 242 del Código Fiscal de la Federación.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/2/2021)
PRECEDENTES:
V-P-SS-374
Juicio No. 15833/01-17-10-5/744/02-PL-04-04.- Resuelto por
el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, el 19 de mayo de 2003, por mayoría
de 7 votos a favor y 2 en contra.- Magistrado Ponente: Jor-
ge Alberto García Cáceres.- Secretario: Lic. César Edgar
Sánchez Vázquez.
(Tesis aprobada en sesión de 28 de mayo de 2003)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 37. Enero 2004. p. 63

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