Código Financiero del Estado de México y Municipios

Páginas15-400
NOTA IMPORTANTE
Estimado cliente a través del siguiente instructivo
podrás conocer las fechas en que se han publicado
las últimas reformas, adiciones o derogaciones que
incluye esta disposición; las fechas se presentan
cronológicamente de la más reciente a la más antigua
dentro del período al que corresponda.
INSTRUCTIVO
DE LA REFORMA AL CODIGO FINANCIERO DEL
ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS
ARTICULO PRIMERO. Se REFORMAN los artículos 3
fracciones XVII en sus párrafos segundo, tercero y cuarto y XL
en sus tarifas; 20 en su párrafo primero; 22 Bis en su párrafo
primero; 26 en sus párrafos primero y sexto; 32 en sus párrafos
segundo, noveno y décimo; 43 en su párrafo cuarto; 47-D; 48
fracciones I en su párrafo octavo, III en sus párrafos primero
y cuarto, XVIII y XXIV en sus párrafos primero y segundo; 55
en su párrafo tercero; 56 Bis en sus tarifas; 60 en su párrafo
tercero; 60-C en su párrafo segundo; 60-E fracciones I, incisos
A) en su tabla y C) en sus párrafos primero y segundo, y II
en su tabla; 60-H en su párrafo primero; 63 fracción II en sus
tarifas; 69-F; 69-J; 76 en su fracción VII; 83 fracción II, inciso A)
en su párrafo segundo; 85; 86 fracción XXII en su inciso F); 87
fracciones I, inciso A), numerales 1, subincisos a), b) y c), y 2
en sus tarifas, IV inciso A), numeral 2, subinciso d), V inciso A),
numeral 2, subinciso d) y VI inciso A) numeral 2, subinciso d);
88 en sus fracciones I a V; 90; 91; 92 en su párrafo primero y
en sus fracciones I y III; 95 fracciones I, incisos A) y F) en su
párrafo segundo y II en sus párrafos tercero, noveno y décimo
en su tarifa, y en sus párrafos segundo y tercero; 102 en sus
fracciones IV, IX y X; 103; 114 en su fracción XIV; 115 en sus
tarifas; 116 en su párrafo tercero; 135 en su párrafo cuarto; 136
en su fracción II; 154 en sus tarifas; 154 Bis en su tarifa; 159
en su párrafo quinto; 169 en su fracción IV; 173; 216-B en sus
tarifas; 216-E en sus tarifas; 216-F párrafo cuarto en su fracción
IV; 216-L en su párrafo primero y en su fracción III; 216-O; 217
en su fracción V; 219 fracción I en sus incisos C), E) y G); 224
en su párrafo segundo; 228 en su fracción I; 245; 246; 247 en
sus párrafos primero y tercero; 248 en su párrafo primero; 249
en su párrafo primero; 249 Bis en su párrafo primero; 250; 251;
252 en su párrafo primero y en sus fracciones II y V; 253 en su
párrafo primero y en sus fracciones I, III, IV, VI, X, XI, XII, XIII, XIV
y XV; 254 en su párrafo primero y en sus fracciones I, IV, IX, XIII,
XXIV, XXVIII, XXIX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII
y XXXVIII; 254 Bis en sus párrafos primero y segundo; 255; 257;
265-B Bis en sus párrafos tercero y octavo; 265-F en su párrafo
segundo; 273 en su párrafo segundo; 289 en su párrafo sexto;
306 en su párrafo primero; 317 en sus párrafos segundo, cuarto
y quinto; 317 Bis en sus párrafos cuarto y quinto; 324 fracción
V en sus incisos a) y b); 324 Bis en su párrafo segundo; 327
en su párrafo segundo; 327-A párrafo tercero en su fracción V;
327-B en sus párrafos primero y segundo; 327-C en sus párrafo
primero y tercero; 331 en su párrafo primero; 335 en su párrafo
tercero; 337 en su párrafo primero; 338 Bis en su párrafo primero;
339 Bis en sus fracciones X y XI; 344 en su párrafo segundo;
360 párrafo segundo en su fracción II; 361 en su fracción I;
362 Bis en su párrafo tercero; 375; 377 en su párrafo tercero;
379 en su fracción I; 391 en su párrafo primero; 408 en su
párrafo primero; 411 en sus párrafos primero y segundo; 412
en su párrafo primero y 428 en sus párrafos segundo, tercero y
quinto; se ADICIONAN a los artículos 3 las fracciones LXXV y
LXXVI; 15 un párrafo segundo; 17 un párrafo tercero; 22 Ter; 43
un párrafo quinto; 45 un párrafo sexto; 45 Bis; 48 fracción XX
un párrafo segundo y una fracción XXVIII; 60-E una fracción IV;
60-H con las fracciones I y II; 79 fracción XII un inciso C) con los
numerales 1 y 2; 81 Bis una fracción IV; 86 fracción XXII con los
incisos G) y H) recorriendo los subsecuentes y una fracción XXIII
con los incisos A) a E); 87 fracción VIII inciso A), numerales 1, 2
y 3 con un párrafo segundo; 88 una fracción VI; 95 fracciones I
con un párrafo tercero recorriéndose los subsecuentes y II con
los párrafos cuarto y noveno, recorriéndose los subsecuentes;
102 una fracción XII; 114 con las fracciones XVIII y XIX; 115 un
párrafo tercero recorriéndose los subsecuentes; 116 un párrafo
segundo, recorriendo los subsecuentes en su orden; 136 una
fracción II recorriéndose la actual que pasa a ser III; 150 con
los párrafos segundo y tercero; 193 fracción II, párrafo cuarto,
en distintas tipologías; 216-L las fracciones V, VI y VII; 253 las
fracciones VI Bis y XVI recorriendo la subsecuente; 254 las
fracciones XXXIX y XL; 311 la fracción V recorriéndose la actual
y 314 con un párrafo tercero; se DEROGAN a los artículos 3
fracción XVII los párrafos quinto, sexto y séptimo; 75 la fracción
V; 79 las fracciones XXI y XXII y 102 la fracción II, todos del
Código Financiero del Estado de México y Municipios, para
quedar como sigue:
Publicados en la Gaceta del Gobierno del 23 de diciembre de
2019
C) del párrafo quinto del Código Financiero del Estado de
México y Municipios, para quedar como sigue:
Publicado en la Gaceta del Gobierno del 16 de diciembre de
2019
ARTICULO PRIMERO. Se REFORMAN los artículos 3
fracciones XL en sus tarifas, XLIII a XLVII; 20 en su párrafo cuarto;
20 Bis fracción I en su párrafo segundo; 21 en su párrafo cuarto;
30 en su párrafo quinto; 32 en su párrafo noveno; 41 fracción I,
en su párrafo segundo; 47 fracción XIII, inciso B) en su párrafo
segundo; 56 Bis en su párrafo segundo y en las tarifas de
sus párrafos tercero y cuarto; 63 fracción II en sus tarifas; 64;
69-A; 69-B en su párrafo primero; 69-C; 69-E en su proemio;
69-H; 69-I; 75 en su fracción IX; 77 en el inciso A) de su
fracción IX, así como en su último párrafo; 87 fracción II,
incisos A), numeral 1 en sus incisos a) a c) y numeral 2, y B)
en sus tarifas; 95 fracciones I en su inciso B) y II en su párrafo
sexto; 98 en su párrafo tercero; 100 fracción I en su párrafo
segundo; 114 fracción X en su inciso A); 144 fracción VII en su
párrafo segundo; 166 en las tarifas de las fracciones II, III y IV;
182 Bis; 216-B en sus tarifas; 216-E en sus tarifas; 256; 257;
260 Ter en su párrafo tercero; 262 en su fracción V; 265-B Bis
en su párrafo séptimo; la denominación del Capítulo Segundo
del Título Octavo; 266 en su párrafo primero; 273 en su párrafo
primero; 274 en su párrafo primero y en su fracción I; 275 en sus
fracciones II, III y V; 277; 278 en sus fracciones I a III; 284; 297
en su párrafo primero; 311 fracción IV en su párrafo segundo;
317 Bis-A en su párrafo tercero; 328 en su párrafo tercero; 337
en su párrafo primero y 361 en su fracción XXI; se ADICIONAN
a los artículos 3 fracción XVII con los párrafos tercero a octavo;
47 las fracciones III Bis y XVII recorriendo la subsecuente;
69-B Bis; 69-E Bis; 77 la fracción XI; 86 fracción XXII con el
inciso F), recorriendo los subsecuentes en su orden; 101 con
un párrafo segundo, recorriéndose los subsecuentes; 274
con una fracción V; 298 Bis; 317 Bis-A con un párrafo tercero,
recorriéndose los subsecuentes; 328 con un párrafo cuarto;
333 con un párrafo tercero; 337 Ter y 361 con una fracción
XXII; se DEROGAN a los artículos 3 en su fracción XVII el
párrafo segundo; 75 su fracción XI y la Sección Décima Tercera
denominada “De los Derechos por Servicios Prestados por el
Tribunal de Justicia Administrativa” del Capítulo Segundo del
Título Tercero, con el artículo 106, todos del Código Financiero
del Estado de México y Municipios, para quedar como sigue:
Publicado en la Gaceta del Gobierno del 31 de diciembre de
2018
ARTICULO PRIMERO. Se REFORMA el artículo 77, fracción II,
México y Municipios, para quedar como sigue:
Publicado en la Gaceta del Gobierno del 31 de diciembre de
2018
ARTICULO PRIMERO. Se REFORMAN los artículos 3 fracción
XL en sus tarifas; 7 en su párrafo segundo; 17 en su párrafo
primero; 20 Bis, en su párrafo primero, fracción I en su párrafo
primero y en su fracción II; 21 en su párrafo cuarto; 26 en sus
párrafos primero, segundo y sexto; 32 en su párrafo tercero; 33
en su fracción III; 36 fracción II inciso B), fracción IV en su inci-
so A), inciso B) numeral 2; 47 en su fracción I en sus párrafos
primero y segundo, fracción II en su párrafo primero y en su
fracción III; 48 fracción XXIV en sus párrafos primero y segun-
do; 55 en su fracción III; 56 Bis en su párrafo primero y en sus
tarifas; 60-F en su fracción II; 63 fracción I en el año y fracción II
en sus tarifas; 69-E en su proemio; 72 en su párrafo primero; la
denominación de la Subsección Primera que ahora pasa a ser
Sección Segunda Bis, Sección Sexta, Sección Décima Tercera,
todas del Capítulo Segundo “De los Derechos” del Título Terce-
ro “De los Ingresos del Estado”; 75 en su proemio; 77 fracción
I en su inciso D), así como el inciso E) en su párrafo segundo
y la fracción II en su proemio y en su inciso D); 81 fracción I en
su párrafo primero; 82; 83 fracción II inciso D) en su párrafo
tercero; 104 en su fracción III; 106 en su proemio; 114 en sus
fracciones VI y IX en su párrafo segundo; 116 en su fracción IV;

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