Codigo de Etica del Tribunal Electoral de Tabasco

CÓDIGO DE ÉTICA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO.

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Suplemento D del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el miércoles 18 de marzo de 2020.

CÓDIGO DE ÉTICA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO.

SUMARIO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. GLOSARIO. CAPÍTULO I GENERALIDADES. CAPÍTULO II ÁMBITO DE APLICACIÓN A FUNCIONARIOS. CAPÍTULO III VALORES GENERALES. Compromiso Institucional. Eficiencia. Tolerancia. Buena fe. Honestidad. CAPÍTULO IV PRINCIPIOS RECTORES. Certeza. Independencia. Imparcialidad. Objetividad. Legalidad. Probidad. Equidad. Máxima Publicidad. CAPÍTULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. ARTÍCULOS TRANSITORIOS.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Tribunal Electoral de Tabasco es la máxima autoridad jurisdiccional de la materia en el Estado, y funciona de manera permanente, por lo cual está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente en sus decisiones y autónomo en su funcionamiento. Desarrollará sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad.

De ahí la relevancia y necesidad de que sea eje fundamental para su funcionamiento, la consolidación de la democracia, el respeto de los derechos políticos electorales del ciudadano, la tutela y vigencia efectiva de los ordenamientos normativos que rigen la contienda en los comicios y de esta manera, sea palpable para la sociedad el compromiso del ejercicio de la judicatura como vocación de sus servidores públicos.

En ese sentido, la ética de nuestro tiempo manifiesta la preocupación del hombre por el respeto y el reconocimiento a la dignidad de los otros. Pronunciarse sobre ética, equivale a hablar de justicia, pues es cualidad indiscutible de su impartición, contribuir en todo momento a generar una imagen social de respeto para el Tribunal y el orden jurídico en materia electoral, promover una esmerada actitud de servicio y de credibilidad en sus determinaciones, orientando su actuar al cumplimiento de los valores éticos y morales, de la función jurisdiccional que le fue encomendada por mandato constitucional.

El presente documento contempla los principios y valores que los servidores públicos del Tribunal Electoral de Tabasco, deben tomar como guía en sus actuaciones, con el fin de consolidar la confianza de la ciudadanía tabasqueña en las actuaciones de los titulares y del personal que labora para él, maximizando la eficiencia y la confiabilidad en sus resoluciones.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Para los efectos del presente Código se entenderá por:

  1. Tribunal: El Tribunal Electoral de Tabasco.

  2. Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

  3. Constitución Local: La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

  4. Código: El Código de Ética de los servidores públicos del Tribunal Electoral de Tabasco.

  5. Función jurisdiccional: La actividad desarrollada por el Tribunal Electoral de Tabasco, que en el ejercicio de su competencia, resuelve las controversias sometidas a su conocimiento.

  6. Servidores Públicos del Tribunal: Toda persona que preste un servicio remunerado al mismo, conforme a las facultades que la legislación electoral o reglamentos internos les asigna. Incluye todo el personal jurisdiccional y administrativo que colabora en las tareas propias de esta autoridad electoral.

  7. Servidores públicos jurisdiccionales. Son las Magistradas y/o Magistrados, la o el Secretario General de Acuerdos, las y los Jueces Instructores, las y los Asesores Jurisdiccionales, la o el Secretario Particular, las y los Secretarios Proyectistas, las y los Auxiliares de (sic) Secretaría General, las y los Actuarios, las y los Oficiales de Partes y en general todas las personas que ejerzan funciones relacionadas con la tutela judicial efectiva.

  8. Justiciable: Es toda persona física o moral que se encuentre en el supuesto normativo y que esté sujeta a la aplicación de la ley electoral.

  9. Áreas Jurisdiccionales: Las encargadas de realizar la labor jurisdiccional en la materia, en aplicación estricta de las leyes que la rigen.

  10. Titular del Área Jurisdiccional: Funcionario Electoral encargado de cumplir y hacer cumplir las disposiciones normativas aplicables a la materia.

  11. Áreas Administrativas: Las que brindan apoyo, dentro de las facultades que les otorga la Ley Orgánica, el Reglamento Interior y el Estatuto del Servicio Profesional de Carrera del Tribunal Electoral de Tabasco, para que cumplan con sus atribuciones.

  12. Titular del Área Administrativa: La y el encargado de vigilar la debida observancia y cumplimiento de las normas administrativas que regulan el buen funcionamiento del órgano jurisdiccional

CAPÍTULO I Artículos 1 a 9

GENERALIDADES

ARTÍCULO 1 El presente Código de Ética contiene los principios y valores de observancia general para las y los servidores públicos que realizan funciones jurisdiccionales en el Tribunal Electoral de Tabasco y; por extensión, a los demás servidores públicos del Tribunal en el respectivo ejercicio de sus funciones.
ARTÍCULO 2 Las disposiciones, principios y valores contenidos en este Código, tienen como fin que el actuar y comportamiento de las y los servidores servidores (sic) públicos del Tribunal, en el ámbito de sus funciones y responsabilidades, se adecuen a lo aquí establecido sin distinción ni excepción.
ARTÍCULO 3

Las y los servidores públicos jurisdiccionales y en la medida que les resulte aplicable los (sic) demás, ejercerán las funciones que les son propias en el marco de las disposiciones constitucionales...

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