Codigo de Etica para los Servidores Publicos del h. Ayuntamiento del Municipio de los Cabos, Baja California Sur
CÓDIGO DE ÉTICA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LOS CABOS, BAJA CALIFORNIA SUR
TEXTO ORIGINAL.
Código publicado en el Boletín Oficial del Estado de Baja California Sur, el sábado 31 de mayo de 2014.
CÓDIGO DE ÉTICA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LOS CABOS, BAJA CALIFORNIA SUR.
AMBITO DE APLICACIÓN.
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Establecer principios y valores que den sentido al diario desempeño de las actividades y funciones de cada servidora y servidor público del Municipio de Los Cabos, coadyuvando a la excelencia de la función administrativa, independientemente de las disposiciones legales que regulan su desempeño.
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Establecer los criterios y valores que impulsen la equidad de género, la no discriminación, la transparencia, honestidad, responsabilidad, un entorno laboral libre de violencia, solidaridad e imparcialidad entre otros considerados imprescindibles para el adecuado ejercicio del poder público.
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Fomentar la conducta ética en el ejercicio de la función pública orientada siempre al servicio de la ciudadanía. La incorporación de cualquiera de las entidades que componen la administración pública municipal de Los Cabos implica la promoción de este código de principios y valores por parte de cada trabajadora y trabajador, favoreciendo una imagen de servicio público profesional, cálida, respetuosa de la diversidad, así como de un comportamiento congruente en cada uno de los ámbitos de la vida social.
FUNCION PÚBLICA.
FUNCIONARIO PÚBLICO.
A tales efectos, los términos "funcionarios", "servidor", "empleado" se consideran sinónimos.
PRINCIPIOS Y VALORES
PRINCIPIOS GENERALES
BIEN COMÚN.
PROBIDAD.
HONRADEZ.
HONESTIDAD.
Actuando en todo momento de manera recta, satisfaciendo el interés general, omitiendo todo provecho o ventaja personal, sin buscar o aceptar compensaciones o prestaciones que comprometan el ejercicio del servicio público.
PRUDENCIA.
El ejercicio de la función pública debe inspirar confianza en la comunidad. Asimismo, debe evitar acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad de la función pública, el patrimonio del Estado o la imagen que debe tener la sociedad respecto de sus servidores.
JUSTICIA.
El funcionario público debe actuar en estricto apego a la ley, bajo una cultura efectiva de justicia y respeto al Estado de Derecho.
TEMPLANZA.
Asimismo, debe evitar cualquier ostentación que pudiera poner en duda su honestidad o su disposición para el cumplimiento de los deberes propios del cargo.
RESPONSABILIDAD.
Cuanto más elevado sea el cargo que ocupa un funcionario público, mayor es su responsabilidad para el cumplimiento de las disposiciones de este Código. El servidor público debe responder de todos sus actos de manera que el público en general, y las personas con que trata en particular, aumenten permanentemente su confianza en él, en el Municipio y en nuestra capacidad de servirlos.
USO ADECUADO DEL TIEMPO DE TRABAJO.
Debe desempeñar sus funciones de una manera eficiente y eficaz y velar para que sus subordinados actúen de la misma manera. No debe fomentar, exigir o solicitar a sus subordinados que empleen el tiempo oficial para realizar actividades que no sean las que se les requieran para el desempeño de los deberes a su cargo.
GOBERNANZA.
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