Codigo de Etica de la Policia Ministerial de la Procuraduria General de Justicia del Estado de Guanajuato

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA POLICÍA MINISTERIAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Primera Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el lunes 26 de diciembre de 2011.

ACUERDO 4/2011

POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA POLICÍA MINISTERIAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO

Licenciado Carlos Zamarripa Aguirre, Procurador General de Justicia del Estado de Guanajuato, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 81 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; 13 fracción XII y 33 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 1, 4, 6 fracciones I, III, V y IX, 7 fracción I, 16 y 21 fracciones III y XII de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Guanajuato; 2, 3, 4 y 6 del Reglamento de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Guanajuato; y

CONSIDERANDO.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas supra líneas, así como en los artículos 46, 52, 78, 79 y 80 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato y, 117 de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Guanajuato, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO 4/2011

Artículo Único Se emite el Código de Ética de la Policía Ministerial de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato, para quedar en los siguientes términos:

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA POLICÍA MINISTERIAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 19

Objeto

Artículo 1 El presente Código tiene por objeto dotar a los integrantes de la Policía Ministerial de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato, de un conjunto de principios, valores y ética de servicio, que les sirvan como guía de comportamiento, con la finalidad de prestar a la sociedad un servicio eficiente, de alta calidad y respetuoso de los derechos humanos.

Glosario

Artículo 2 Para efectos de este Código, se entenderá por:
  1. Código: Código de Ética de la Policía Ministerial de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato;

  2. Policía Ministerial: Coordinación General de la Policía Ministerial del Estado de Guanajuato; y

  3. Procuraduría: Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato.

Ámbito subjetivo de aplicación

Artículo 3 Las disposiciones del presente Código son vinculantes para los integrantes de la Policía Ministerial.

Filosofía institucional

Artículo 4 La Policía Ministerial es una corporación comprometida con el desarrollo social y humano, tiene como filosofía institucional la siguiente:
  1. Misión: brindar a la sociedad un servicio profesional de alta calidad en la investigación científica del delito, el combate a la delincuencia y la erradicación de la impunidad, mediante la utilización de técnicas y estrategias de vanguardia e instrumentos tecnológicos especializados, con apego irrestricto a la ley, para la obtención de resultados positivos y eficientes, de manera honesta y eficaz en el ejercicio de sus atribuciones.

  2. Visión: consolidar una Policía Investigadora científica, profesional y del más alto nivel, que se erija como un modelo de actuación nacional e internacional, con compromiso social y cuyo eje rector sea la obtención de resultados exitosos, apegando su actuar al respeto de los derechos humanos, fortaleciendo así su legitimidad, la confianza y la credibilidad ciudadana.

Principios rectores

Artículo 5 Son principios rectores en la actuación de los integrantes de la Policía Ministerial, en el ámbito de su competencia:
  1. Calidad: realizar correctamente cada paso de la actuación policial con apego a los principios institucionales, tendientes a la obtención de la excelencia y la satisfacción del usuario y la sociedad;

  2. Disciplina: sujetar la conducta a la observancia de las leyes, órdenes y jerarquías. Comprende el aprecio propio, la pulcritud, buenos modales, rechazo a los vicios, la puntualidad y exactitud en la obediencia;

  3. Discreción: actuar con prudencia y moderación, respetando la privacidad de los particulares y haciendo uso adecuado de la información que, con motivo de su encargo, conozca;

  4. Eficiencia: conseguir los objetivos fijados, mediante la utilización racional de los recursos, reduciendo tiempos y priorizando, en todo momento, la necesidad ciudadana;

  5. Honestidad: actuar con sinceridad y verdad, con congruencia entre el comportamiento y el pensamiento;

  6. Honor: actuar de acuerdo con las normas establecidas, de forma justa y con apego siempre a la verdad;

  7. Imparcialidad: tomar las...

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