Codigo de Etica y Conducta de la Secretaria de Seguridad Publica del Estado de Durango

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 3 de marzo de 2016.

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

CONSIDERANDOS...

SEXTO.- Para lograr lo anterior se expide el presente Código de Ética y Conducta, dirigido al personal administrativo y operativo adscrito a esta Secretaría, como herramienta para el comportamiento institucional, estableciendo claramente, los principios y conductas de actuación que rijan su diario desempeño y que ayuden a incrementar la confianza y credibilidad de la ciudadanía, al cumplir correctamente con nuestras responsabilidades y comisiones encomendadas.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 6
ARTÍCULO 1 El presente Código de Ética y Conducta tiene por objeto establecer los principios, actitudes y valores que deben observar los servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública

En él están incluidas nuestras aspiraciones y el deseo de convertir a esta Secretaría en una Institución exitosa; que cumpla con sus metas de manera eficiente, que se convierta en un lugar óptimo para trabajar, que recupere y conserve la confianza de los ciudadanos en su gobierno.

ARTÍCULO 2

El Código de Ética y Conducta es de observancia y aplicación de todos los servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública en todos los niveles y jerarquías con independencia de su vínculo contractual y/o administrativo, quienes tendrán la obligación de cumplir estos lineamientos institucionales, que tienen como propósito fortalecer sus valores creando un ambiente sano, que se vea reflejado en el servicio que se presta, evitando incurrir en infracciones a disposiciones normativas y ser objeto de sanciones en ellas previstas de conformidad con lo que establece la Ley de Responsabilidades de los servidores Públicos del Estado de Durango y demás normas vigentes aplicables en la materia.

ARTÍCULO 3 Para efectos del presente Código de Ética y Conducta, se entenderá por:
  1. - CÓDIGO.- Código de Ética y Conducta de la Secretaría de Seguridad Pública.

  2. - ÉTICA.- Es el conjunto de principios, valores, costumbres y normas de conducta adquiridos, asimilados y practicados de un modo estrictamente racional o consiente.

  3. - SECRETARÍA.- Secretaría de Seguridad Pública.

  4. - SERVIDOR PÚBLICO.- toda persona física que desempeña alguna función, empleo, cargo o comisión dentro de la Secretaría.

CAPÍTULO II Artículo 4

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

ARTÍCULO 4 La actuación del personal operativo y/o administrativo, adscrito a las Instituciones de Seguridad Pública, se rige por los siguientes principios reconocidos en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

- Legalidad,

- Objetividad,

- Eficiencia,

- Profesionalismo,

- Honradez y

- Respeto a los derechos humanos.

CAPÍTULO III Artículo 5

VALORES ÉTICOS

ARTÍCULO 5 Los valores que deben regir la conducta y el quehacer cotidiano de todos los servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública son:
  1. Legalidad: El servidor público realizará sus funciones apegado a la estricta observancia de ley y buscando siempre la satisfacción de las necesidades de la sociedad, por lo que siempre tendrá presentes las disposiciones normativas de la función que se le ha encomendado desarrollar, y cuidará que éstas sean aplicables al trabajo específico que desempeña.

  2. Honestidad: El servidor público se conducirá apegado a la verdad, fomentando una cultura de confianza y...

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