Codigo de Etica y de Conducta de la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosi

CÓDIGO DE ÉTICA Y DE CONDUCTA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el jueves 8 de agosto de 2013.

Código de Ética y Conducta

Contenido

Presentación

l. Principios Éticos definidos para la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí.

  1. Integridad

  2. Imparcialidad

  3. Independencia

  4. Legalidad

  5. Objetividad

  6. Confidencialidad

  7. Transparencia

  8. Profesionalismo

    I. Veracidad

  9. Neutralidad Política

  10. Rendición de Cuentas

    L. Respeto

    II. Normas de Conducta definidas para la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí

  11. Actitud hacia el Trabajo

  12. Actitud en el Desempeño de Comisiones

  13. Actitud de Mejora, Eficiencia y Respeto a la Institución

    Directorio

    CPC Héctor Vicente Mayorga Delgado

    Auditor Superior del Estado de San Luis Potosí

    CPC Ricardo Rodríguez de la Cruz

    Coordinador General de Auditorias Especiales

    LAE Kora Elena López López

    Auditor Especial de Fiscalización Gubernamental

    CP Camerino Hernández Gamboa

    Auditor Especial de Fiscalización Municipal

    Lic. Sergio Zapata Loredo

    Auditor Especial de Legalidad

    Ing. Raúl Vélez Barrera

    Auditor Especial de Fiscalización a la Obra Pública

    Lic. Víctor Manuel Pérez González

    Coordinador de Administración, Finanzas y Servicios

    CP Víctor Manuel Lomelí Guerrero

    Contralor Interno

    Presentación

    La tarea de fiscalización de los recursos públicos es una actividad que debe ser realizada conforme a parámetros de honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, a efecto de cumplir con los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, prosecución del interés público, igualdad, confiabilidad, proporcionalidad, definitividad, imparcialidad, eficacia y buena fe, que señala la Ley.

    Para cumplir con ello debe impulsarse, fortalecerse y consolidarse entre el personal la cultura de calidad; eficiencia; apego a la norma y, confianza a través de la adquisición y mantenimiento de un alto compromiso con el comportamiento ético.

    Todo lo anterior, en virtud de que la encomienda de la institución es contribuir a los procesos de rendición de cuentas que vengan a favorecer el ejercicio transparente, eficiente, oportuno, efectivo y eficaz de los recursos públicos en el Estado de San Luis Potosí.

    En función a ello se resalta la importancia de que la institución y el personal que la conforma, se adscriba y establezca como principio de su conducta en su trabajo como servidores públicos, el alto compromiso ético y los valores de actuación que se promueven.

    Sin duda, la congruencia entre los principios declarados y la actuación y comportamiento del personal integrante de la institución, apoyará a la creación y consolidación de una base de credibilidad, imparcialidad y transparencia reconocida por la ciudadanía potosina.

    C.P.C J. HÉCTOR V. MAYORGA DELGADO, AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, EN EJERCICIO DE FACULTADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 7 FRACCIÓN IV DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO; EXPIDO EL SIGUIENTE:

    CÓDIGO DE ETICA Y DE CONDUCTA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

    I.- Principios Éticos definidos para la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí

    En el presente documento se establecen reglas que pretenden dejar en claro los principios a los que debe sujetarse la actuación de los servidores públicos que integran la Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí.

    El reto y propósito de este Código es reforzar la cultura ética y de servicio a la que deben sujetarse los servidores públicos con el convencimiento de la importancia y dignidad de su tarea.

    Cada servidor público de la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí, al asumir su encargo deberá manifestar su compromiso, vocación para atender los asuntos de su competencia y que son de interés público, por lo que la responsabilidad de sus actos debe ser congruente con la cultura ética que se promueve en la Institución y con el espíritu de servicio a la sociedad.

    Por tanto, cada servidor público de la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí, deberá hacer como suyos los principios, reglas y...

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